Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 2 de Julio de 2019, expediente CIV 075411/1998/CA002

Fecha de Resolución 2 de Julio de 2019
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J Expediente n° 75411/1998 – “C.A.M.s.ón Ab intestato” – Juzgado Nacional en lo Civil n° 57 Buenos Aires, Julio 02 de 2019 AUTOS Y VISTOS:

Las presentes actuaciones se remiten a este Tribunal a los efectos de conocer acerca del recurso de apelación interpuesto a fs. 2942 por el Dr. J.I.T., por su propio derecho, contra la regulación de sus honorarios de fs. 2938, por baja, concedido a fs. 2945 y recurso de fs. 2947 planteado en relación por los coherederos de la sucesión Sra.

J.Z.A. y A.F.C. contra la regulación de honorarios de fs. 2938, concedido a fs. 2948. Presentan memorial a fs.

2951/2953, que no fue contestado.

La regulación apelada determina los honorarios correspondientes al Dr. J.I.T., en calidad de letrado patrocinante de los herederos del perito tasador M.D. en la suma de pesos quince mil noventa y seis ($ 15.096), equivalentes a 8 UMA ( Valor $ 1887 conforme Acordada 3/2019 de la C.S.J.N.), estableciendo que deberán ser pagados dentro del plazo de diez días.

Por razones metodológicas y de buen orden procesal, atenderemos en primer término el recurso interpuesto en relación a fs.

2947.

Los apelantes se agravian por cuanto consideran que no hay actuaciones en autos desarrolladas por el Dr.Texido que le otorguen derecho a la regulación de honorarios profesionales a cargo de ambos apelantes. Indican que las peticiones tendientes a la regulación de honorarios profesionales, no son generadoras de nuevos honorarios.

Agregan que no son obligados al pago de cualquier suma que pueda eventualmente fijarse a favor del Dr. Texido. En subsidio, en el último párrafo de fs. 2052 vta., apelan el monto de honorarios por considerarlo excesivamente elevado.-

De las constancias de autos surge que el Dr. J.I.T., se presenta en autos, como acertadamente expresa la regulación apelada, a fs. 1552.

Fecha de firma: 02/07/2019 Alta en sistema: 03/07/2019 Firmado por: S.G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: VERON B.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: B.P., JUEZ DE CAMARA #13021215#238191912#20190703082518723 Lo hace en calidad de letrado patrocinante de D.E.D., quien se presenta a denunciar el fallecimiento de su padre el Ingeniero M.D., acaecido el 24 de Septiembre de 2009.

Efectúa la presentación, en tanto el Ingeniero D. se desempeño como perito tasador en autos, habiendo sido designado de oficio a fs. 607, aceptado el cargo a fs. 611 y habiendo cumplido la tarea encomendada en la constatación parcial de fs. 667 y...

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