Citacion

Fecha de Entrada en Vigor11 de Septiembre de 2018
EmisorDirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y Familia
Fecha de la disposición10 de Enero de 2018

DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

CITACION

Por disposición de la Señora Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia Santa Fe, se cita, llama y emplaza a la Sra. Andrea Rosana Rullo, D.N.I. 26.614.095, con domicilio real desconocido; notificándola a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Atento a que mediante el acta respectiva -suscripta oportunamente-; se inició el procedimiento de adopción de medida de protección excepcional; con el fin de alojar transitoriamente a la adolescente BRENDA SOLEDAD FRIAS, de 13 años de edad, D.N.I. Nº 46.218.967, nacida el 21/12/2004; siendo su progenitora en ejercicio de su responsabilidad parental, la Sra. Andrea Rosana Rullo, D.N.I.Nº 26.614.095, domiciliada en la calle Santo Tome 2694, de la ciudad de Coronda, provincia de Santa Fe; y su progenitor el Sr. Miguel Angel Frias, D.N.I.Nº 31.063.077, domiciliado en calle publica S/N del Barrio Devoto de la localidad de Desvío Arijon, Provincia de Santa Fe; la que se encuentra al cuidado de su abuela materna, Sra. Paulina del Carmen Villareal, iniciando un proceso de restitución de derechos. Que, con posterioridad al inicio de las acciones vinculadas al acta a tenor del articulo 58/58bis -fechado octubre de 2017-, el equipo de trabajo interviniente -integrado por el Servicio Local y los dispositivos dependientes de este organismo-, la familia ampliada y el progenitor de la joven; han analizado las conductas que hacen al desarrollo de sus vínculos filiares y la responsabilidad de los adultos respecto del cuidado y protección de esta joven. Que, en este contexto, se desenvolvieron diferentes modificaciones que que determinan la suscripción de actas acuerdos con la finalidad de regular el como se desenvuelve el proceso de restitución de derechos en relación a esta joven, entre su ámbito de alojamiento, en la residencia de su abuela materna; y el domicilio de su progenitor, fs. 42-43, 48, 49-50, 51, 52, 54 del Legajo Administrativo. Que...

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