Citacion
Fecha de Entrada en Vigor | 23 de Agosto de 2018 |
Emisor | Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y Familia |
Fecha de la disposición | 22 de Enero de 2018 |
CITACION
Por disposición de la Señora Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia Santa Fe, en los autos: “S/ SOSA CAMILA BELEN LEG. 2-012213”, Expediente Nº 01503-0005376-4, del Registro del Sistema de Información de Expediente – Equipo Técnico Interdisciplinario Micro Región F3; se cita, llama y emplaza a la Sr. Jesica Silvia SOSA, D.N.I. 31.419.315, con domicilio real desconocido; notificándola a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Disposicion N° 000090, Santa Fe, “Cuna de la Constitución”, 02 de agosto de 2018... VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: ARTÍCULO Nº 1: Adoptar la Medida de Protección Excepcional de Derechos, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 y su correlato enla Ley Nacional Nº 26.061, que tiene por sujeto de protección a la joven CAMILA BELEN GONZALEZ, DNI N° 43.770.000, fecha de nacimiento 07/02/2002 y a la niña BRYANNA ABIGAIL SOSA, DNI N° 56.380.555, fecha de nacimiento 11/10/2017, siendo su progenitora en el ejercicio de la responsabilidad parental, la Sra. Jesica Silvia Sosa, quien acredita su identidad con DNI Nº 31.419.315, con domicilio actual desconocido y el Sr. Gonzalez Carlos Alberto, (fallecido). Que la Medida de Protección Excepcional, tiene por objeto regularizar la situación legal de las niñas, y continuar con la separación transitoria de la convivencia con su progenitora, siendo las mismas alojadas, de acuerdo al art. 52, inc. 1 y 2, dentro de su familia ampliada, con su tía paterna, la Sra. González, Viviana Ester, DNI N° 21.935.404, desde el día 9 de marzo de 2018. ARTICULO Nº 2: Que la Medida de Protección Excepcional se establece por el plazo de noventa (90) días, término que comenzará a correr a partir de que dicha medida adoptada, quede firme. Durante el transcurso de la Medida de Protección Excepcional, la contención y el abordaje de la problemática social continuarán siendo ejercidos por el Equipo Técnico Interdisciplinario Micro Región F3, dependiente de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe, de manera articulada y coordinada con los/as profesionales referentes de la situación abordada. ARTICULO Nº 3: Que desde la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, se efectuará el procedimiento destinado a la notificación de la adopción de la Medida de Protección Excepcional a las partes interesadas y peticionará el pertinente Control de la Legalidad de la misma por...
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