Citacion
Fecha de Entrada en Vigor | 16 de Junio de 2017 |
Emisor | Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y Familia |
Fecha de la disposición | 15 de Enero de 2017 |
DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
CITACION
Por disposición del Señor Director Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia Santa Fe, en los autos: “S/ MEDIDA DE PROTECCION TOMAS DYLAN GIOVANNI CEDRES, VENICIO LUCAS MICAEL SOTTINI Y DENISE NAYLA ROLON. LEGAJO SIGNA N.º 8253.“ el Expediente Nº 01503-0003802-0 del Registro del Sistema de Información de Expediente – Equipo de Atención y Diagnóstico Distrito Noreste-; se cita, llama y emplaza a la Sra. Ana Laura SOTTINI, con D.N.I. 36.002.813, con domicilio real desconocido; notificándola a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Disposicion N° 000027, Santa Fe, “Cuna de la Constitución”, 31 de mayo de 2017... VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: ARTÍCULO 1°: Adoptar Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 en su Art. 51 tercer párrafo y su Decreto Reglamentario Nº 619/2010 y su modificatoria Ley Provincial N° 13.237 en sus arts. 51, 66 bis, ter y quater, que tiene por sujeto de protección al niño VENICIO LUCAS MICAEL SOTTINI DNI N° 52.902.342, fecha de nacimiento 12 de enero de 2013, de 4 años de edad, siendo su progenitora en el ejercicio de la responsabilidad parental, la Sra. Sottini Ana Laura quien acredita su identidad con DNI Nº 36.002.813 con domicilio desconocido. Que la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, tiene por objeto regularizar la situación legal del niño proponiendose el otorgamiento de tutela judicial del niño referenciado en favor de la Sra. Juliana Sottini -tía materna-, DNI Nº 37.050.682, domiciliada en calle Necochea Nº 7324 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. ARTICULO 2: Que durante el transcurso de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, la contención y el abordaje de la problemática social, continuarán siendo ejercidos por el Equipo de Atención y Diagnóstico Distrito Noreste, dependiente de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe, en coordinación y articulación con los profesionales referentes del primer nivel y demás profesionales convocados a partir de las estrategias de trabajo planteadas, hasta tanto se resuelva la situación definitiva de este. ARTICULO 3: Efectuar el procedimiento destinado a la notificación de la adopción de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional...
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