Citacion

Fecha de Entrada en Vigor14 de Abril de 2017
EmisorDirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y Familia
Fecha de la disposición 6 de Diciembre de 2016

CITACION

Por disposición de la Señora Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia Santa Fe, Nadia Soledad Sagreras, en los autos: “S/ MEDIDA EXCEPCIONAL DIAZ NAZARENA NATASHA CLARIBEL DIAZ”, Expediente Nº 01503-0004382-6del Registro del Sistema de Información de Expediente -Equipo de Atención y Diagnóstico Distrito Santo Tomé-; se cita, llama y emplaza a la Sra. Fani Judith Nazarena Zeballos, quien acredita su identidad con el D.N.I. N° 41.930.534, con domicilio real desconocido; notificándolo a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Disposición N° 000148, Santa Fe, “Cuna de la Constitución”, 21 de noviembre de 2016... VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: ARTÍCULO 1°: Adoptar una Medida de Protección Excepcional, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 que tiene por sujeto de protección la niña NAZARENA NATASHA CLARIBEL DIAZ D.N.I. N° 545.715.426, fecha de nacimiento 30/08/2016, siendo sus progenitores en ejercicio de la responsabilidad parental la Sra. Fani Judith Nazarena Zeballos, quien acredita su identidad con el D.N.I. N° 41.930.534, y el Sr. Diaz Jesus Ezequiel, quien acredita identidad con DNI N.º 40.703.574 ante la vulneración de derechos y garantías sufrida desde el propio seno familiar, no pudiendo desde el interior de su familia garantizarle el debido goce de los derechos a la vida, integridad personal y salud. Que la Medida de Protección Excepcional, tiene por objeto regularizar la situación legal de la niña, y continuar con la separación transitoria de su centro de vida, quedando alojada transitoriamente alojada dentro del Programa Familia Solidaria de este organismo. ARTICULO Nº 2: Establecer dicha Medida de Protección Excepcional por el plazo de noventa (90) días, término que comenzará a correr a partir de que dicha medida adoptada, quede firme. Durante el transcurso de la Medida de Protección Excepcional, la contención y el abordaje de la problemática social continuarán siendo ejercidos por el Equipo Territorial de Atención y Diagnóstico del Distrito Santo Tome dependiente de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe de manera articulada y coordinada con los los demás profesionales que intervienen en la situación. ARTICULO Nº 3: Efectuar el procedimiento destinado a la notificación de la adopción de la Medida de Protección Excepcional a las partes interesadas y peticionar el pertinente Control de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR