CISNEROS, NIDIA ESTER CONTRA CORONADO, CRISTIAN LUCIANO SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR - LEY 6672 13-05748

Fecha de la disposición 5 de Diciembre de 2022

CISNEROS, NIDIA ESTER CONTRA CORONADO, CRISTIAN LUCIANO SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR - LEY 6672 13-05748844-6 Mendoza, 11 de Agosto de 2021 Proveyendo Escrito Portal 15860/2021, téngase presente los domicilios denunciados. Por cumplido el previo de fecha 28/06. En consecuencia, proveyendo lo demás expuesto en escrito con Identicador OSLAC282331, téngase presente lo manifestado y la prueba ofrecida para su oportunidad. De lo petcionado por el Sr. Coronado, imprimase al presente el trámite previsto por el art. 101 del CPF. Del pedido de cese de la medida dispuesta, córrase traslado a la actora por el término de CINCO (5) días a los ines que comparezca, consttuya domicilio legal, ejerza las defensas que le asistan y ofrezcan pruebas bajo apercibimiento de ley (Art. 92, 93 y cc del CPCCyT). NOTIFÍQUESE a la misma en su domicilio real, haciéndole saber a la Sra. Nidia Ester Cisneros que en caso de no contar con abogado partcular, tene a su disposición la línea gratuita del Poder Judicial (0800-666-5878) a in de recibir asesoramiento y patrocinio gratuito. A los ines de dar cumplimiento con la noticación dispuesta ut supra, hágase saber al Dr. Migliavacca que deberá acompañar la cédula confeccionada en formato word editable, para su edición, control y posterior remisión a cargo de la receptora del Juzgado en formato pdf con irma electrónica al correo electrónico que deberá denunciar a la brevedad, en miras a que la patrocinante imprima la misma, adjunte el traslado y concurra a la Oicina Centralizada de Noticaciones, el día y hora que disponga esa dependencia, para presentar la cédula con el traslado y abonar su movilidad en caso de corresponder, para proceder a su diligenciamiento. Hágase saber a las partes que el mismo tramita a instancia de parte interesada (art. 4 del CPF) y que en lo sucesivo la causa será publicada en lista. NOTIFÍQUESE el presente en la matrícula Nº 9573, Dr. Migliavacca, por el Sr. Coronado. md Dra. Flavia Ferraro Juez de Familia y Violencia Familiar El Juzgado resolvió: "Mendoza, 13 de Octubre de 2022 Y VISTOS: Estos autos arriba inttulados; CONSIDERANDO: I.- Que conforme a las constancias que obran en autos, se ha acreditado sumariamente el domicilio ignorado de la Sra. NIDIA...

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