Circular N° B10782 del Banco Central de la República de Argentina, 24-04-2014
Fecha | 24 Abril 2014 |
Número de circular | B10782 |
"2014 - AÑO DE HOMENAJE AL ALMIRANTE GUILLERMO BROWN, EN EL BICENTENARIO DEL COMBATE NAVAL DE MONTEVIDEO"
COMUNICACIÓN “B” 10782 24/04/2014
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Fraccionamiento del riesgo crediticio y ope-
raciones con personas vinculadas a las en-
tidades financieras. Determinación de grupo
económico. Control conjunto. Aplicación de
los límites.
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Nos dirigimos a Uds. a los efectos de aclararles que en la determinación de
conjuntos o grupos económicos a que se refiere el punto 2.3. de las normas sobre
“Fraccionamiento del riesgo crediticio”, cuando se trate de un conjunto de empresas vinculadas
que cumplan con alguna de las condiciones de control previstas en el punto 2.2.1. de dichas
normas, podría verificarse la conformación de distintos conjuntos o grupos económicos
superpuestos -según sea la empresa asistida que se considere-, a cada uno de los cuales se le
aplicarán los límites y demás tratamientos crediticios.
En tal orden, para determinar si dos o más personas conforman un grupo
económico deberán considerarse su controlante, sus controladas y las controladas por su
controlante.
A fin de facilitar la aplicación práctica del criterio precedentemente expuesto, a
continuación se expone un ejemplo numérico:
La empresa A es controlada por los accionistas B, C y D; la empresa E es controlada por los
accionistas D y F, según condiciones de control.
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