Circular N° A7491 del Banco Central de la República de Argentina, 13-04-2022

Número de circularA7491
Fecha13 Abril 2022
MateriaOPRAC,REMON,OPASI
"Las Malvinas son argentinas"
COMUNICACIÓN A 7491
13/04/2022
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular
OPRAC 1-1141,
REMON 1-1059,
OPASI 2-658:
Depósitos e inversiones a plazo. Línea de finan-
ciamiento para la inversión productiva de MiPy-
ME. Efectivo mínimo. Adecuaciones.
___________________________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que,
en su parte pertinente, establece:
“1. Reemplazar, con vigencia para las imposiciones que se capten a partir del 18.4.22 inclusive, los
porcentajes aplicables para la determinación de las tasas mínimas para plazos fijos previstas en
las normas sobre “Depósitos e inversiones a plazo”, por los siguientes:
- 97,87 % para el punto 1.11.1.1.; y
- 93,62 % para el punto 1.11.1.2.
2. Sustituir, con vigencia para las imposiciones que se capten a partir del 18.4.22 inclusive, por
0,8723 el coeficiente que determina la tasa fija de precancelación de los depósitos con opción
de cancelación anticipada en Unidades de Valor Adquisitivo (“UVA”), reglamentados en el punto
2.8. de las normas sobre “Depósitos e inversiones a plazo”.
3. Incrementar, con vigencia para las financiaciones acordadas a partir del 18.4.22, al 45,50 %
nominal anual fija la tasa prevista en el punto 5.1.2. de las normas sobre “Línea de financiamien-
to para la inversión productiva de MiPyME”.
4. Incrementar, con vigencia a partir del 18.4.22, a 34 % el porcentaje para determinar el importe
de la disminución de la exigencia en promedio en pesos de efectivo mínimo de las financiacio-
nes previstas en el punto 1.5.8. de las normas sobre “Efectivo mínimo”, por las financiaciones
comprendidas en el punto 4.1. “Financiación de proyectos de inversión” de las normas sobre
“Línea de financiamiento para la inversión productiva de MiPyME”.”
Por último, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente pro-
vistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia. En tal sentido, se recuerda que en la
página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero - MARCO LEGAL Y
NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encon-
trarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y ne-
grita).

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