Circular N° A7305 del Banco Central de la República de Argentina, 11-06-2021

Número de circularA7305
Fecha11 Junio 2021
MateriaRUNOR
“2021 - AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN”
COMUNICACIÓN A 7305
11/06/2021
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular
RUNOR 1-1678:
Emisores financieros de tarjetas de crédito y/o
compra. Plazo máximo para la liquidación de
transacciones efectuadas en un pago. Adecua-
ciones.
___________________________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolu-
ción:
1. Disponer que el plazo máximo para que las entidades financieras acrediten en la cuenta de de-
pósito abierta a nombre del proveedor o comercio adherido el importe de cada venta realizada en
un pago mediante la utilización de las tarjetas de crédito y/o compra que éstas emitan será de:
i) 8 (ocho) días hábiles si revisten la condición de micro o pequeña empresa y/o son personas
humanas.
ii) 10 (diez) días hábiles para aquellos categorizados como medianas empresas y aquellos cuya
actividad sea “servicio de alojamiento, turismo, gastronomía y/o salud” no comprendidos en
estos últimos casos en el acápite precedente.
iii) 18 (dieciocho) días hábiles para los demás casos.
En todos los casos, dicho plazo será contado desde la fecha de realización del correspondiente
consumo por parte del titular o beneficiario de la tarjeta.
Las entidades financieras no podrán cargar a los comercios adheridos interés ni comisión vincu-
lado a los plazos de liquidación señalados, debiendo observar lo previsto en las normas sobre
“Determinación de la condición de micro, pequeña o mediana empresa”. Tampoco deberán im-
pedir ni dificultar de ninguna manera la modalidad de consumo en un pago con esas tarjetas.
2. Establecer que lo dispuesto precedentemente tendrá vigencia a partir del 1.7.21.

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