Circular N° A7219 del Banco Central de la República de Argentina, 05-02-2021
Fecha | 05 Febrero 2021 |
Número de circular | A7219 |
"2021 - AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN"
COMUNICACIÓN “A” 7219 05/02/2021
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CÁMARAS ELECTRÓNICAS DE COMPENSACIÓN,
A LAS INFRAESTRUCTURAS DEL MERCADO FINANCIERO:
Ref.: Circular
SINAP 1 - 125
Sistema Nacional de Pagos - Cheques y
otros instrumentos compensables. Factura
de crédito electrónica. Adecuaciones
.
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Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que,
en su parte pertinente, establece:
“1. Incorporar como punto 3.5. de las normas operativas sobre “Sistema Nacional de Pagos – Che-
ques y otros instrumentos compensables”, los aspectos particulares relativos a las “Facturas de
Crédito Electrónicas MiPyMEs”, de acuerdo con lo establecido en el Anexo que se acompaña a la
presente.
2. Disponer que las entidades financieras deberán emitir un comprobante que permita el ejercicio de
acciones judiciales derivadas de la falta de pago de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs in-
corporadas al Sistema de Circulación Abierta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1851 del
Código Civil y Comercial de la Nación y la reglamentación que se determine al efecto en el marco
de lo dispuesto por el punto 1 de la presente comunicación.
3. Determinar que las disposiciones previstas en los puntos precedentes tendrán vigencia a partir
del 01/04/2021.”
Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en re-
emplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en la norma de la referencia.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Luis A. D‘Orio Julio C. Pando
Gerente Principal de Sistemas de Pago y Cuen-
tas Corrientes Subgerente General de Medios de Pago
ANEXO
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