Circular N° A6680 del Banco Central de la República de Argentina, 17-04-2019

Fecha17 Abril 2019
Número de circularA6680
MateriaRUNOR
“2019 - AÑO DE LA EXPORTACIÓN”
COMUNICACIÓN “A” 6680 17/04/2019
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular
RUNOR 1 - 1454
Emisores financieros de tarjetas de crédito
y/o compra. Plazo máximo para la liquida-
ción de transacciones efectuadas en un pa-
go
.
____________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que
se detalla a continuación:
“– Disponer, con vigencia a partir del 1.05.19, lo siguiente:
1. El plazo máximo para que las entidades financieras acrediten en la cuenta de depósito abierta
a nombre del proveedor o comercio adherido el importe de cada venta realizada en un pago
–mediante la utilización de las tarjetas de crédito y/o compra que éstas emitan– será de 10
(diez) días hábiles contados desde la fecha de realización del correspondiente consumo por
parte del titular o beneficiario de la tarjeta.
2. Las entidades financieras no podrán cargar a los comercios adheridos interés ni comisión vin-
culado al plazo de liquidación señalado. Tampoco deberán impedir ni dificultar de ninguna
manera la modalidad de consumo en un pago con esas tarjetas.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli Agustín Torcassi
Gerente Principal de Emisión y
Aplicaciones Normativas Subgerente General
de Regulación Financiera

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