Circular N° A6448 del Banco Central de la República de Argentina, 02-02-2018
Número de circular | A6448 |
Fecha | 02 Febrero 2018 |
Materia | RUNOR,OPASI |
“2018 - AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA”
COMUNICACIÓN “A” 6448 02/02/2018
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO,
A LAS CAJAS DE CRÉDITO COOPERATIVAS (LEY 26.173),
A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE COMPRA:
Ref.: Circular
RUNOR 1 - 1380
OPASI 2 - 540
Revocación y rescisión de servicios finan-
cieros y no financieros. Simplificación y di-
gitalización de trámites para los usuarios de
servicios financieros
.
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Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolu-
ción:
“1. Sustituir el punto 1.13.1., el primer párrafo del punto 2.8.1., el punto 3.4.11.1., el segundo párrafo
del punto 3.5.7., los puntos 3.6.8. y 3.8.13.1., el segundo párrafo del punto 3.9.7. y el punto
4.6.2. (texto según la Comunicación “A” 6419) de las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuenta
sueldo y especiales” por lo siguiente:
“1.13.1. Por decisión del titular.
Será de aplicación lo previsto en el punto 4.17.”
2.8.1.
“El cierre de las cuentas deberá ser comunicado por el empleador o por el trabajador cuando la
apertura haya sido tramitada por el empleador. En el caso de que dicha apertura haya sido soli-
citada por el trabajador, el cierre deberá ser comunicado exclusivamente por este último. En
ambos casos el trabajador podrá utilizar mecanismos electrónicos de comunicación, conforme a
lo previsto en el punto 4.17.”
“3.4.11.1. Por decisión del titular.
Previa comunicación a la entidad depositaria, siendo de aplicación a tal efecto lo pre-
visto en el punto 4.17.”
3.5.7.
“Para el caso de las simples asociaciones será aplicable para el cierre de las cuentas por deci-
sión del titular el procedimiento detallado en el punto 4.17.”
“3.6.8. Cierre de cuentas.
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