Circular N° A5332 del Banco Central de la República de Argentina, 27-07-2012

Fecha27 Julio 2012
Número de circularA5332
MateriaCONAU
“2012 – Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano”
COMUNICACIÓN “A” 5332 27/07/2012
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: Ref.: Circular
CONAU 1 - 986
Régimen Informativo de Transparencia (R.I.
- T.).
____________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles las adecuaciones introducidas en las
Instrucciones generales y en el producto “Préstamos a MiPyMEs”, del régimen de la referencia.
Al respecto, se aclara que se prorroga la primera presentación, debiendo cumplimentar
lo requerido para el citado producto a partir del 31/08/2012, cuyo vencimiento operará el día
03/09/2012.
La información se remitirá teniendo en cuenta las instrucciones operativas que
complementan la presente (Circular RUNOR).
Saludamos a Uds. muy atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Ricardo O. Maero Estela M. del Pino Suárez
Gerente Principal de Régimen
Informativo. Subgerente General de Régimen Informativo y
Central de Balances.
ANEXO
Instrucciones generales
El presente régimen deberá ser integrado por las entidades financieras y los sistemas cerrados de
tarjetas de crédito con el objeto de dar a conocer las tarifas, comisiones y requisitos, entre otros,
para productos estándar ofrecidos en pesos a los fines de su publicación para consulta, los que
serán dados a conocer a través de la página Web www.bcra.gov.ar.
Las entidades alcanzadas deberán informar los datos solicitados a través del sitio exclusivo de
Internet para las entidades de esta Institución según las instrucciones dadas a conocer a través de
la circular respectiva.
El presente régimen deberá informarse por novedad. Para ello, las modificaciones de los datos
requeridos se ingresarán al cierre de las operaciones del día en que se produzcan.
No obstante, mensualmente corresponderá la confirmación de los datos difundidos. La fecha para la
confirmación de dichos datos será el último día hábil de cada mes, aclarando que no se podrán
informar novedades en el apartado Préstamos MiPyMES, el día de confirmación de datos.
Los productos alcanzados por el régimen son los siguientes:
Cuentas Corrientes – Personas Físicas
Caja de Ahorros
Cuenta básica
Tarjetas de Crédito
Préstamos Hipotecarios
Préstamos Personales
Transferencias
Paquetes de productos
Préstamos Prendarios
Préstamos a MiPyMEs
La información solicitada se integrará en pesos con dos decimales, con excepción a la
correspondiente a la Sección 3 - apartado a) Tarjetas de Crédito, la que deberá informarse en
pesos y/o dólares según corresponda y al apartado e) Préstamos a MiPyMES, la que deberá
informarse en pesos con cuatro decimales.
Además, se aclara que los datos vinculados con porcentajes deberán integrarse con cuatro
decimales.
REGIMEN INFORMATIVO CONTABLE MENSUAL
15- REGIMEN INFORMATIVO DE TRANSPARENCIA
B.C.R.A.
Sección 1: Normas de Procedimiento
Versión: 7a. COMUNICACIÓN “A” 5332 Vigencia:
31/08/2012 Página 1

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