Circular N° A4637 del Banco Central de la República de Argentina, 07-03-2007

Número de circularA4637
Fecha07 Marzo 2007
MateriaOPRAC
“2007 - Año de la Seguridad Vial”
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
COMUNICACIÓN “A“ 4637 07/03/2007
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular
OPRAC 1 - 602
Manuales de Originación y Administración
de préstamos. Sección 1. "Gestión crediti-
cia". Modificaciones.
____________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolu-
ción:
“1. Sustituir, con vigencia a partir del 1.04.07, la Sección 1. de las normas sobre “Manuales de Ori-
ginación y Administración de Préstamos” por el texto que se acompaña en anexo y forma parte
de la presente comunicación.
2. Sustituir al acápite iii) del apartado b) del punto 1.1.3.3. de la Sección 1. de las normas sobre
“Gestión crediticia” por el siguiente:
iii) Verificación del método utilizado.
Las entidades financieras podrán someter a verificación los métodos utilizados -“screening”, “cre-
dit scoring”- conforme al procedimiento de revisión de los modelos que establezca la Superinten-
dencia de Entidades Financieras y Cambiarias.
Cuando la totalidad de los saldos de los préstamos a que se refiere el acápite ii), al último día del
segundo mes anterior, alcance el mayor importe entre el equivalente al 15 % de la responsabili-
dad patrimonial computable de la entidad del segundo mes anterior al que corresponda y
$ 30.000.000, sin exceder -en caso de que el importe en valor absoluto resulte mayor- el equiva-
lente al 50% de esa responsabilidad patrimonial computable, la verificación de la metodología
conforme al citado procedimiento será obligatoria y requerirá, en orden a incrementar el nivel de
las asistencias bajo esta modalidad, una notificación expresa por parte de la Superintendencia de
Entidades Financieras y Cambiarias.
La citada verificación se realizará sobre la consistencia de los modelos en orden a establecer que
éstos permitan obtener razonablemente una conclusión sobre la capacidad de pago de los clien-
tes.”
Les hacemos llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente pro-
vistas, corresponde reemplazar en el texto ordenado de las normas sobre “Gestión crediticia”.
Asimismo, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gov.ar, acce-
diendo a “normativa” (“textos ordenados”), se encontrarán las modificaciones realizadas con textos
resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
-2-
Saludamos a Uds. muy atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli José I. Rutman
Gerente de Emisión
de Normas Subgerente General
de Normas
ANEXO
Introducción y objetivos.
En la presente sección se establece un conjunto de pautas, prácticas y procedimientos que las
entidades financieras deben seguir en la originación y administración de préstamos con garan-
tía hipotecaria sobre propiedades para vivienda.
La sección se encuentra organizada en cinco puntos:
1.1. Características y lineamientos para el otorgamiento de los préstamos hipotecarios.
1.2. Originación de los préstamos hipotecarios.
1.3. Procedimientos de administración.
1.4. Sistemas de información.
1.5. Modelos de formularios.
MANUALES DE ORIGINACION Y ADMINISTRACION DE PRESTAMOS
B.C.R.A.
Sección 1. Manual de Originación y Administración de Préstamos Hipotecarios.
Versión: 2a.
COMUNICACIÓN “A“ 4637 Vigencia:
01/04/2007 Página 1

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