Ciberbullying: la responsabilidad civil de los padres

Durante el colegio primario no jugaba bien al fútbol. Aquellos que no habíamos recibido el don de la pelota, que en modo alguno pretendíamos alcanzar la performance de Leo Messi, éramos objeto de burlas por parte de algunos pícaros compañeros, de la mano de adjetivos calificativos poco felices, que seguramente el lector podrá imaginar.

Pero la mala pasada, generalmente, se limitaba al ámbito escolar, acotado, en particular, a los "recreos" en los que se practicaba el iluminado deporte. Al regresar a casa, las cosas tendían a calmarse.

Este tipo de hechos se califican, en la actualidad, con el término bullying (acoso escolar), aunque, en mis años escolares, el calificativo reconocía menos glamour.

Ahora bien, las situaciones de maltrato escolar se han potenciando, con efecto viral, con el advenimiento de las redes sociales y las aplicaciones de mensajería instantánea (WhatsApp) bajo la premisa de que en la actualidad una gran mayoría de chicos y adolescentes (prácticamente todos) utilizan estos medios digitales para comunicarse a diario: hoy el patio escolar se ha trasladado, con efecto sine hora y sine die, a los grupos y "estados" de WhatsApp, a los chats e "historias" de Instagram, a los videos de TikTok y a los grupos de opinión y/o perfiles de Facebook.

Estos medios de comunicación y plataformas digitales contribuyen con el efecto expansivo del perjuicio causado al menor agredido, favoreciendo la reproducción de los agravios que en otros tiempos eran "ventilados" únicamente entre algunos amigos y/o compañeros de colegio. Frente a este fenómeno cultural nace la figura del ciberbullying (ciberacoso), entendiéndose por tal la utilización de cualquier medio digital (redes sociales, apps, correos electrónicos, chats, juegos en línea, blogs, etc.) con la intención de difamar, amenazar, degradar, agredir, intimidar o amedrentar a otro.

En consecuencia, el ciberacoso aparece como la versión moderna, mucho más cruel y efectiva, de los acosos que se generaban en épocas pasadas y genera distintos efectos psicológicos en la víctima, que pueden decantar en emociones violentas, en conductas de miedo-terror y en profundos daños espirituales y emocionales, con consecuencias que han conducido a muchos jóvenes a quitarse la vida.

Los casos abundan a nivel local e internacional.

Uno de los primeros precedentes del derecho comparado (Estados Unidos-2009) se precipitó cuando los padres de Denise Finkel, una adolescente de 16 años, promovieron una acción...

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