Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala B, 8 de Junio de 2017, expediente CIV 034882/2000

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2017
EmisorCamara Civil - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B 34882/2000 CHOROLQUE CAUCOTA LUCIANO Y OTRO c/ MARTINEZ OMAR ENRIQUE Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, de junio de 2017.- SDB Y VISTOS: CONSIDERANDO:

Por recibido, agréguese.

Atento el estado de autos y lo decidido a fs. 271/vta., 277/vta., 287/vta., 296/vta. y 303 por la Sala G de esta Cámara, corresponde resolver el recurso de revocatoria “in extremis” planteado a fs. 262/265vta., contra la resolución dictada a f. 258.

El art. 273 del Código Procesal sólo contempla el recurso de revocatoria respecto de las providencias simples suscriptas por el presidente de la Sala.

Sin embargo y con carácter excepcional, se admite la procedencia del remedio que plantea el presentante contra las resoluciones dictadas por la totalidad de los integrantes del tribunal.

Ello es así cuando se trata de enmendar un evidente error de hecho, una conclusión equivocada o fundada en circunstancias erróneas o de supuestos en que se hubieran violado formas sustanciales del juicio, que pudieran afectar el derecho de defensa o bien cuando de no ser subsanado el error se afectara la garantía constitucional mencionada (esta Sala, “S.L.C. c/SaladinoP. y otros s/ejecución de alquileres”, R. 470204, 13-

12-2006).

De tal forma reposición in extremis debe ser comprendida como un procedimiento atípico de “reparación” del error y nunca de “reexamen” o “reconsideración” de la causa; es decir, que el remedio juega dentro de determinado ámbito específico y circunscripto, en que no tiene cabida la discusión sobre el acierto o el Fecha de firma: 08/06/2017 Firmado por: DR. CLAUDIO RAMOS FEIJOÓ, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: R.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DR. M.L.M. , JUEZ DE CÁMARA #13509386#180743188#20170606154400752 error de los argumentos que sustentan el pronunciamiento, no pudiendo jamás erigirse en un nuevo juicio.

En...

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