Aviso Oficial Síntesis del Estatuto Social del Sindicato de Choferes de Camiones Obreros y Empleados del Transporte Automotor de Cargas Generales, Logística y Servicios de la Pampa, Aprobado por Resolución Mte y Ss Nº 23/2005.

Fecha de publicación07 Diciembre 2007
Fecha de disposición07 Diciembre 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31298

6) UN SECRETARIO DE ACTAS 7) UN SECRETARIO PRO-TESORERO 8) CUATRO VOCALES TITULARES 9) CUATRO VOCALES SUPELENTES.

Los vocales suplentes sólo integran la Comisión Directiva en los casos de renuncia, fallecimiento o impedimentos justificados de sus titulares.

ARTICULO 17º bis

Además, se elegirán los Delegados Congresales Titulares y los Delegados Congresales Suplentes en la cantidad que establezca el Estatuto de la Federación del Personal Jerárquico y Profesional de la Secretaria de Estado de Comunicaciones (FEJEPROC), quienes representarán a la Asociación en los Congresos convocados por FEJEPROC.

Los delegados Congresales Suplentes reemplazarán a los titulares en sus casos de renuncia, fallecimiento o impedimentos debidamente justificados.

ARTICULO 19º

Los miembros de la Comisión Directiva permanecerán en sus cargos cuatro (4) años teniendo derecho a ser reelegido. Los Delegados Congresales y los miembros de la Comisión Revisora de Cuentas también permanecerán en sus cargos cuatro (4) años. -- MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructural Sindical.

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE CHOFERES DE CAMIONES OBREROS Y EMPLEADOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS GENERALES,

LOGISTICA Y SERVICIOS DE LA PAMPA, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S.

Nº 23/05.

Artículo 1

En Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, de la República Argentina, a los un día del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro, se constituye el Sindicato de Choferes de Camiones, Obreros y Empleados del Transporte Automotor de Cargas Generales, Logística y Servicios de La Pampa, con domicilio legal en calle Ayala 160 de esta ciudad. que agrupará a los trabajadores del transporte automotor de cargas, así se trate de transporte de ganado, vinos, cereales, minerales, materiales de y/o para la industria de la construcción, servicio de encomiendas y expresos, diarios y revistas, remolque de vehículos de automotores en la vía pública, repartos a domicilio, servicios de cargas combinadas con otros medios de transporte, sean éstos ferroviarios, marítimos y/o aéreos, mudanzas, combustibles u otros elementos líquidos, semilíquidos y/o sólidos, servicio de transportes de clering y carga postal, valores y/o caudales públicos y privados, servicios de recolección de residuos domiciliarios, barrido y/o limpieza de calles vías y/o espacios públicos y tareas complementarias y/o afines, en transporte de azúcar y/o sus derivados en cualquiera de sus formas, y en general otro tipo de transportes automotor de cargas o mercaderías, aún cuando las cosas transportadas hayan sido elaboradas para una finalidad determinada, en general otro tipo de...

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