Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 12 de Julio de 2011, expediente 16.842/2009

Fecha de Resolución12 de Julio de 2011

Poder Judicial de la Nación -1-

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Expte. Nº 16.842/2009

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 27763 AUTOS: "CHIARIANO DIAZ

ERNESTO CESAR C/ ASOCIACION DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES

DE LA REPUBLICA ARGENTINA ENTE COOPERADOR LEY 23283 Y 23412 Y

OTRO S/ DIFERENCIAS DE SALARIOS" (JUZGADO Nº 47).

Buenos Aires, 12 de julio de 2011.

VISTOS:

Los recursos de apelación intepuestos por propio derecho por los letrados apoderados de ACARA Ente Cooperador, D.. P.G.P. a fs. 228 (concedido a fs. 230) y M.A.R. a fs. 235 (concedido a fs. 236) contra las resoluciones de fs. 226 y 233 respectivamente.

Y CONSIDERANDO:

Que en atención a los trabajos realizados por la Dra. P.O.P. (fs.

64/78, 83) y el Dr. M.A.R. (fs. 64/78), el Tribunal no considera reducidos los honorarios regulados, razón por la cual corresponde confirmarlos en esta alzada (conf. art. 38 L.O. y Ley 21.839).

Por los fundamentos expuestos, el TRIBUNAL

RESUELVE:

I) Confirmar las regulaciones de honorarios apeladas.

II) Reg., not. y dev.. Se deja constancia que el Sr.

Juez de Cámara Dr. E.N.A.G. no vota en virtud de lo dispuesto por el art.

125 de la ley 18.345.

MLF

O.Z.M.C.G.M.J. de Cámara Juez de Cámara

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