Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 12 de Junio de 2018, expediente COM 006749/2015

Fecha de Resolución12 de Junio de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B 6749/2015 - CHEB TERRAB, SALOMON CARLOS c/ MADERO HARBOUR S.A. Y OTROS s/ORDINARIO Juzgado n° 18 - Secretaria n° 36 Buenos Aires, 12 de junio de 2018.

Y VISTOS:

  1. La actora apeló la resolución de fs. 724/27, que declaró abstracta la cuestión y dio por concluida la causa. Su memorial de fs. 730/34 fue respondido a fs. 736/45.

  2. Las quejas de la apelante se sustentaron en que la demanda de remoción implicó también la de inhabilitación del removido para ser nuevamente designado y que subsiste su planteo de nulidad de asamblea que, en caso de ser admitido, implicaría la de todo lo actuado por el síndico durante el plazo en que detentó tal cargo.

  3. La demanda fue promovida a efectos de obtener la declaración de nulidad de la asamblea de Madero Harbour SA que se llevó a cabo el 20.10.14, en la que se designó a los demandados M. y P.K. como síndicos titular y suplente, respectivamente. La pretensión se sustentó en que los designados eran amigos del accionista A.G., por lo que su nombramiento fue en beneficio personal de éste y no de la sociedad. De modo subsidiario y para el supuesto que la acción fuera rechazada, se solicitó la remoción de los síndicos, por el incumplimiento de las obligaciones a su cargo (v. fs. 60/70).

    El planteo de declarar abstracta la acción que formuló el demandado resultó prematuro, en tanto los motivos en los que aquél se sustentó

    se vinculan con el objeto subsidiario de la demanda promovida por el Fecha de firma: 12/06/2018 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #24778609#203989187#20180612093105545 Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B accionante, pretensión que de acuerdo al modo en que fue propuesta, solo puede ser tratada una vez rechazada la nulidad de la asamblea.

    Es que el cese de su actuación como síndico, incluso motivada en la finalización de su mandato, no obsta a la...

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