Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 26 de Diciembre de 2018, expediente FPA 003361/2013/CA001

Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 3361/2013/CA1 la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho, reunidos en la Sala de Audiencias de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones, los señores miembros de la misma, a saber: Presidente, Dr. Mateo José

Busaniche y Jueza de Cámara, Dra. C.G.G.; constituido así el Tribunal de conformidad con lo establecido en el art. 109 del RJN –Vocal Excusada–; a fin de tratar el expediente caratulado: “CHAVEZ, R.H. CONTRA ANSES ESTADO NACIONAL SOBRE REGIMENES ESPECIALES (Judic-Docentes-exSOMISA-INTA-Pers Domést)”, Expte. N° FPA 3361/2013/CA1, proveniente del Juzgado Federal N° 2 de Concepción del Uruguay, en virtud del recurso de apelación deducido contra la resolución de primera instancia, se someten a estudio las siguientes cuestiones:

PRIMERA CUESTIÓN: ¿Es justa la sentencia apelada?

SEGUNDA CUESTIÓN: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?

A LA PRIMERA DE LAS CUESTIONES PLANTEADAS, EL SR. JUEZ DE CÁMARA, D.M.J.B., DIJO:

I- Que, llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 55 por la demandada, contra la resolución de fs. 49/54.

El recurso se concede a fs. 56, expresa agravios la apelante a fs. 64/66, y quedan los presentes en estado de resolver a fs. 68.

II-

  1. Que, se agravia la demandada apelante por cuanto se resuelve otorgar el beneficio PBU-PC-PAP teniendo en cuenta que los servicios declarados por la actora, por el período 03/2009–10/2010, fueron considerados bajo el Fecha de firma: 26/12/2018 Alta en sistema: 28/12/2018 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado por: N.B.S., Secretaria de Cámara #8776437#223771198#20181226124544289 régimen dispuesto por la ley 25239 de servicio doméstico, cuando el mismo no se encontraba vigente, sino que, para acreditar los aportes invocados, se debía atener al régimen de la Probatoria de Servicios de Remuneraciones en Relación de Dependencia Nº 524/08.

    Destaca que en el presente caso la actora no acompañó

    pruebas fehacientes sobre la supuesta relación de trabajo y considera que dichos servicios no fueron prestados realmente.

    Finalmente solicita se revoque la sentencia apelada, con costas. Mantiene reserva del caso federal.

    III- Que, la actora interpone acción declarativa contra la Administración Nacional de la Seguridad Social a los efectos de que se declare la inconstitucionalidad de la Resolución RLI-B 00861/11 de fecha 22/09/11, en...

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