Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 24 de Febrero de 2023, expediente CIV 049430/2017/CA002

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2023
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I

49430/2017

CHANAMPA, J.E.c.G., MIGUEL

ANGEL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES.

O MUERTE)

Buenos Aires, 24 de febrero de 2023.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. La parte actora interpone recurso de revocatoria contra la resolución dictada el 16 de febrero de 2022 que declaró

    inadmisibles los recursos interpuestos por la parte actora, por el demandado L.Q.R. y por Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A. contra la sentencia definitiva dictada el 10 de junio de 2022.

    En primer lugar es preciso destacar que la procedencia del recurso de revocatoria en segunda instancia, de conformidad a lo prescripto por el artículo 273 del ordenamiento ritual, se circunscribe a los interpuestos respecto de providencias simples, esto es las firmadas por el presidente de la Sala, de lo que se deriva que las emitidas por la totalidad de los integrantes del Tribunal .no pueden ser impugnadas mediante dicho recurso.

    Solo excepcionalmente se admite su procedencia contra las resolución dictadas por el Tribunal de apelación cuando se trata de enmendar un evidente error de hecho, una conclusión equivocada fundada en circunstancias erróneas, o de supuestos en que se hubieran violado formas sustanciales del juicio que pudieran afectar el derecho de defensa, o bien cuando de no ser subsanado el error se afectaría la mencionada garantía constitucional (conf. P., Jorge W.

    Noticias sobre la reposición in extremis

    , en ED, 165-951 y jurisprudencia allí citada), lo que claramente no sucede en la especie.

    La sentencia dictada el 10 de junio de 2022 rechazó la demanda interpuesta por J.E.C. contra M.Á.G., P.R.A. y su aseguradora Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A.; hizo lugar al reclamo contra L.Q.R., condenándolo a pagar la suma de $484.000

    Fecha de firma: 24/02/2023

    Firmado por: P.M.G., JUEZA DE CÁMARA

    Firmado por: J.P.R., JUEZ DE CÁMARA

    con más los intereses que se liquidarán conforme las pautas allí

    fijadas, haciéndola extensiva a su aseguradora Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A. Las costas se impusieron al demandado Q.R. y a su citada en garantía.

    Ahora bien, tal como se indicó en la decisión que ahora se cuestiona, la parte actora demandó por $240.000 por daño físico;

    $20.000 por tratamientos médicos futuros; $180.000 por daño psíquico; $104.000 por tratamiento psicoterapéutico; $135.000 por daño moral; $6000 por gastos de farmacia, estudios complementarios y asistencia médica; $4000 por gastos de traslado; y $120.000 por perdida de chance. De la expresión de agravios presentada, surge que cuestionó los montos otorgados por daños físico y psíquico ($300.000) y por daño moral ($150.000).

    Sentadas tales precisiones, es dable señalar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR