Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 25 de Marzo de 2022, expediente CIV 094996/2017/CA001

Fecha de Resolución25 de Marzo de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

94996/2017 - CERNADAS, JORGE Y OTRO c/ DEL CARRIL MENDEZ, CORA

ADELA s/ORDINARIO

Juzgado N° 25 - Secretaría N° 50

Buenos Aires, 25 de marzo de 2022.

Y VISTOS:

  1. La demandada apeló la resolución de fs. 1348 que designó al Defensor Oficial para asumir la representación de los herederos del actor. Su memorial de fs.

    1351/58 fue contestado a fs. 1360/62.

    La Sra. Fiscal de Cámara solicitó a fs. 1366 que, de modo previo a dictaminar, se remitieran las actuaciones al Defensor Oficial para que este se expidiera sobre su designación e intervención.

    El funcionario referido dedujo reposición con apelación subsidiaria contra el auto que dispuso su designación, siendo rechazado el primero y concedido el segundo, sin haber sido contestados sus fundamentos por las partes intervinientes (v. fs. 1369/70 y 1371).

    Enviadas nuevamente las actuaciones a la Sra. Fiscal ante la Cámara ésta emitió su dictamen de fs. 1376, remitiéndose a los argumentos expuestos por el Sr.

    Defensor Oficial.

  2. Los antecedentes de la causa dan cuenta que el 07.04.21 se presentó el letrado apoderado de la parte actora denunciando el fallecimiento de su poderdante.

    Como consecuencia de ello, se ordenó la citación de los herederos del fallecido o su representante legal a efectos de que tomaran la intervención que les corresponde en el proceso, y para que, en el plazo de 30 días, se presenten en autos a estar a derecho,

    bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 53 inc. 5° del CPCCN (v. fs. 1309). A

    fs. 1310 el apoderado del causante denunció a los herederos y, ordenada su citación,

    aquellos se presentaron a fs. 1321 y manifestaron su desinterés para intervenir en esta causa y su renuncia a una eventual herencia. Como consecuencia de ello, y luego de que el apoderado denunciara el desconocimiento de otros herederos además de los presentados (v. fs. 1317), el tribunal de grado anterior dispuso a fs. 1333 la publicación de edictos para comunicar lo dispuesto a fs. 1309 y una vez realizada aquella hizo efectivo el apercibimiento allí dispuesto y, designó al Defensor Oficial Fecha de firma: 25/03/2022

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

    para intervenir en representación de la parte actora.

    Del relato que antecede se advierte que la cuestión fue bien...

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