Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B, 16 de Agosto de 2019, expediente FRO 091884/2018/CA001

Fecha de Resolución16 de Agosto de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO-SALA B Civil/Def. Rosario, 16 de agosto de 2019.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B” integrada, el expediente n°

FRO 91884/2018 caratulado “CEPERO, Santiago y ot. c/ INSSJP s/ Ejecución de Sentencia” (originario del Juzgado Federal N° 2 de Rosario), de los que resulta que:

Vienen las presentes actuaciones ante este Tribunal, en virtud del recurso de revocatoria y apelación en subsidio interpuesto por la demandada (fs. 67 y vta.), contra el decreto del 02/05/2019 (fs. 66), que dispuso trabar embargo sobre los fondos existentes en las cuentas de titularidad de la demandada (INSSJP) en el Banco de la Nación Argentina, hasta cubrir la suma de $1.511.567,07, en concepto de capital reclamado en autos, debiendo depositarse en una cuenta del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rosario Casa Central, a nombre de este Juzgado y para estos autos; ello atendiendo que la previsión contenida en los arts. 19 y 20 de la ley 24.264 y concordantes, Titulo III, Capítulo II de la ley 11.672, no significa una suerte de autorización al Estado para no cumplir las sentencias judiciales, pues ello importaría colocarlo fuera del orden jurídico (arg. Fallos: 322:1201, 324:933, 329:2479 y causa C. 261

XXXIII. C., F.M. c/ Tucumán, provincia de s/ Daños y perjuicios) (fs. 66).

La revocatoria interpuesta fue denegada y se concedió recurso de apelación (fs. 68), corriéndose traslado de los fundamentos a la contraria, quien los respondió a fs. 69/70.

Elevados los autos a la Alzada e ingresados en esta Sala “B”, se ordenó el pase de los autos al Acuerdo (fs. 74/77).

El Dr. Toledo dijo:

  1. ) Manifestó el apelante que no se opone a pagar lo ordenado en la condena judicial, ya que ha dado inicio al respectivo expediente administrativo de solicitud de fondos.

    Refiere que el embargo ordenado afecta y restringe la libre dis-

    Fecha de firma: 16/08/2019 Alta en sistema: 20/08/2019 Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.V., Juez de Cámara Firmado por: ANIBAL PINEDA, Juez de Camara Firmado por: A.G., Secretaria de Cámara #32971149#241823966#20190816130031910 ponibilidad de fondos.

    Agrega que la medida establecida impide el normal desenvolvi-

    miento de su actividad de su mandante, afectando el destino de los recursos del instituto, consistente en afrontar prestaciones sanitarias y sociales, tendientes a la promoción, prevención, protección, recuperación y rehabilitación de sus afiliados.

    Solicita se aplique lo...

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