Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 26 de Junio de 2018, expediente CAF 080798/2017/CA001

Fecha de Resolución26 de Junio de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 80798/2017 CEPAS ARGENTINAS SA c/ DNCI s/LEALTAD COMERCIAL -

LEY 22802 - ART 22 Buenos Aires, de junio de 2018.- FDA AUTOS Y VISTOS:

  1. En función de la naturaleza, del monto del juicio (ver fs. 345), del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido por la dirección letrada y representación legal de la parte demandada, SE FIJAN los honorarios de la Dra. V.L.T. en la suma de PESOS TRES MIL QUNIENTOS ($3.500) (arts. 6, 7, 9, 37, 38 y ccds. de la Ley de Arancel y Procuradores).-

  2. Cabe dejar aclarado, que en el importe establecido precedentemente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realice la beneficiaria-, la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo, en el monto...

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