Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 22 de Noviembre de 2018, expediente CAF 080932/2017/CA001

Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 80932/2017 CENTURION FERREIRA, E.R. c/ EN - M INTERIOR - DNM s/RECURSO DIRECTO DNM Juzg. 5 Buenos Aires, de de 2018.- ZMF Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que el señor E.R.C.F. —de nacionalidad paraguaya y representado por la Defensora Pública Coadyuvante integrante de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación— interpuso recurso judicial contra los siguientes actos, dictados en el expediente 182002/2012 del registro de la Dirección Nacional de Migraciones (en adelante, DNM):

    (i) la disposición SDX 75915/17 que declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso por el término de quince años, en los términos de los arts. 3, inc. “j”, y 29, inc. “c”, de la ley 25.871, por haber sido condenado a la pena de seis años y seis meses de prisión por el delito de robo con armas; (ii) la disposición SDX 217540/17 que rechazó el recurso jerárquico interpuesto contra aquélla.

  2. Que la señora jueza de primera instancia, a fs.

    122/129, desestimó los planteos dirigidos contra la validez constitucional del decreto 70/2017 y, “[e]n cuanto al fondo”, rechazó el recurso, con fundamento en que:

    (i) se hallaba configurada la causal de impedimento para permanecer en el país prevista en el art. 29, inc. “c”, de la ley 25.871.

    (ii) la dispensa solicitada resultaba una facultad discrecional y privativa de la DNM.

    (iii) la circunstancia de tener hijos menores radicados en el país no generaba el derecho a permanecer en el territorio nacional.

    (iv) la expulsión se sustentó en disposiciones de naturaleza administrativa.

    Fecha de firma: 22/11/2018 Alta en sistema: 26/11/2018 1 Firmado por: DR. FACIO - DRA. HEILAND - LICENCIA DRA. DO PICO, JUECES DE CAMARA #30987518#220659181#20181123090200115 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 80932/2017 CENTURION FERREIRA, E.R. c/ EN - M INTERIOR - DNM s/RECURSO DIRECTO DNM Juzg. 5 Asimismo, autorizó la retención del recurrente y le impuso las costas.

  3. Que el recurrente apeló y expresó agravios (fs.

    130/133), que fueron replicados (fs. 135/149).

    Señaló que:

    (a) la jueza aplicó erróneamente la ley, toda vez que el hecho motivador de la expulsión fue anterior a la entrada vigencia del decreto 70/17 —de modo que debió aplicarse el texto original de la ley 25.871— y los actos impugnados se sustentaron en una norma inaplicable; (b) la sentencia afectó el derecho a la reunificación familiar y el interés superior del niño, en tanto no se tuvo en cuenta las siguientes circunstancias: (i) que llegó al país en el año 2000, (ii) que constituyó una familia, y (iii) que tiene una hija argentina menor de edad y una pareja de nacionalidad argentina; (c) no se ponderó lo resuelto por la Sala V en el caso “CELS” en cuanto declaró la inconstitucionalidad del DNU; (d) se ordenó la retención por el plazo previsto en el decreto 70/2017, que resulta inconstitucional.

    Por último, solicitó que se ordene la producción de la prueba informativa denegada en primera instancia en los términos del art.

    260 del código procesal y que, en el caso de un pronunciamiento adverso, las costas sean distribuidas por su orden.

  4. Que el señor fiscal general propuso “revocar la sentencia apelada, declarando la nulidad de los actos administrativos impugnados y disponiendo el reenvío del caso a la autoridad administrativa para que dicte un nuevo acto” en el que se motive adecuadamente la resolución atinente a la dispensa por reunificación familiar (fs. 154/157).

    Fecha de firma: 22/11/2018 Alta en sistema: 26/11/2018 2...

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