099 Central de Monitoreo S.A. S/ Quiebra (pedido de Quiebra Promovido por Catini Eduardo Raul)

Fecha de disposición13 Julio 2011
Fecha de publicación13 Julio 2011
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta32190

Miércoles 13 de julio de 2011 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.190 34 chas de presentación de los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C.Q., respectivamente. Se intima a la fallida y a cuantos tengan bienes y documentación de la misma a ponerlos a disposición de la sindicatura, prohibiéndose hacer pagos o entregas de bienes so pena de considerarlos ineficaces. Se intima a la fallida para que dentro de las 48 hs. cumpla los recaudos pertinentes que exige el art. 86 de la ley 24522 y constituya domicilio en esta jurisdicción bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estados del Juzgado (LCQ: 88.7).

Buenos Aires, 30 de junio de 2011.

Juan Patricio Zemme, secretario.

e. 08/07/2011 N'º' 81485/11 v. 14/07/2011 %@% N'º 12

El Juzg. Nac. de 1era inst. en lo Com. N'º' 12, a cargo del Dr. Hernán Diego Papa, Secretaria N'º' 23, a cargo del Dr. Alberto Pérez, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, P.B., comunica por cinco dÃas que con fecha 13 de junio de 2011 se ha dispuesto la apertura del Concurso Preventivo de Medio Ambiente S.A., C.U.I.T. 30-64544548-8, con domicilio social en Alicia Moreau de Justo 1848, Piso 4'º, Of. “8”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sede de la administración en Estanislao del Campo 592, San Nicolás de los Arroyos, Provincia de Buenos Aires. El sÃndico designado es el Estudio Waisberg-Knoll, con domicilio en Av. Córdoba 1237, Piso 3ero., Ciudad de Buenos Aires, T.E.: 4816-7295, quién recibirá los pedidos de verificación de los acreedores hasta el dÃa 23 de septiembre de 2011. El sÃndico presentará el inf. del Art.35 de la L.C. el 7 de noviembre de 2011 y el inf. del Art. 39 de la LCQ el 6 de febrero de 2012. La audiencia informativa se celebrará el 30 de agosto de 2012 a las 10:30' hs.

Buenos Aires, junio 28 de 2011.

Alberto F. Pérez, secretario.

e. 07/07/2011 N'º' 81625/11 v. 13/07/2011 %@% N'º 13

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N'º' 13, a cargo del Dr. Fernando J.

Perillo, SecretarÃa n 26, a cargo interinamente del Dr. Javier MartÃn Taillade, sito en Marcelo T. Alvear 1840, 4'º piso de esta Capital Federal, comunica por cinco dÃas que con fecha 21 de Junio de 2011, se decretó la quiebra de Blanco Silvina Dolores CUIT 27-12902269-3 con domicilio en la calle ValentÃn Gómez 3331 3'º “B” de esta Ciudad de Buenos Aires, siendo desinsaculado como sÃndico el Cdor. Francisco Rogelio Cano, con domicilio en la calle Uruguay 618 Piso 2 Dto. “C” de esta ciudad y teléfono 4371-7474, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los tÃtulos justificativos de sus créditos (art. 32 L.C.Q) hasta el dÃa 21 de Septiembre de 2011. El sÃndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 L.C.Q los dÃas 3 de Noviembre de 2011 y 20 de Diciembre de 2011 respectivamente. Se intima a la fallida y a los terceros que entreguen al sÃndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de hacer pagos a la misma bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Asimismo, se intima al socio gerente de la fallida para que dentro del quinto dÃa cumplimente la información requerida por el art. 11 de la ley 24.522, bajo apercibimiento de considerar su conducta obstructiva y de ocultamiento patrimonial, procediendo a iniciar las acciones legales pertinentes encaminada a reconstruir patrimonialmente el activo de la falente. Deberá asimismo la deudora constituir, en el plazo de 48' hs., domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado y que cumplan en lo pertinente con los requisitos del art. 86 segundo párrafo de la ley citada. EI auto que ordena el presente dice:

Fdo. Fernando J. Perillo. Juez”.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 01 dÃas de mes de julio de 2011.

Javier MartÃn Taillade, secretario interino.

e. 07/07/2011 N'º' 81119/11 v. 13/07/2011 %@% N'º 14

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N'º' 14, a cargo de la Dra. Susana M.

  1. Polotto, SecretarÃa N'º' 28, a cargo del Dr. MartÃn Sarmiento Laspiur, sito en Callao 635 piso 2'º de esta Capital Federal, comunica por por 5 dÃas que con fecha 23 de Junio de 2011, en los autos caratulados “Pérez Brea Daniel, Gustavo s/Quiebra”, se resolvió decretar la quiebra de Pérez Brea Daniel Gustavo (D.N.I. 11.821.051), haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al sÃndico de los bienes que posean del fallido. Hágase saber, asimismo, la prohibición de realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al sÃndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, asà como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión a los arts. 11 inc.

2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal. FÃjase hasta el dÃa 17 de Agosto de 2011 para que los acreedores por causa o tÃtulo anterior a la declaración de quiebra y sus garantes formulen al sÃndico el pedido de verificación de sus créditos; oportunidad en la que deberán denunciar su tipo y número de documento de identidad, y en su caso, los datos de la cuenta, números de CUIT/CUIL y CBU incluidos, donde oportunamente deberá transferirse el dividendo concursal. Se fijan las fechas de 22 de Septiembre de 2011 y el 11 de Noviembre de 2011 para las presentaciones de los informes individual y general previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C., respectivamente. El sÃndico designado es el contador Héctor Ricardo MartÃnez con domicilio en Tte. Gral. Juan Domingo Perón 1219 2'º Cpo Piso 5 Of “24”. PublÃquese por 5 dÃas sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.).

Buenos Aires, 30 de junio de 2011.

MartÃn Sarmiento Laspiur, secretario.

e. 07/07/2011 N'º' 80928/11 v. 13/07/2011 %@% N'º 17

El Juzgado en lo comercial N'º' 17, a cargo del Dr. Federico A. Güerri, SecretarÃa N'º' 33 a cargo del Dr. Rafael Trebino...

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