Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 21 de Diciembre de 2022, expediente FMZ 051463/2019/CA001

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A

51463/2019

CENTENARO QUIJANO, C.N. c/ SWISS

MEDICAL MEDICINA PRIVADA s/PRESTACIONES

MEDICAS

Mendoza, de diciembre de 2022.

Y VISTOS:

Los presentes autos N° FMZ 51463/2019/CA1, caratulados:

CENTENARO QUIJANO, C.N. C/ SWISS MEDICAL

MEDICINA PRIVADA S/ PRESTACIONES MEDICAS

, venidos del

Juzgado Federal de Mendoza Nº 2, Secretaría Civil Nº5, a esta Sala “A”, en

virtud del recurso de apelación interpuesto en fecha 06/09/2022, por el

representante de la demandada, contra la regulación de honorarios de la

sentencia de fecha 01/09/2022;

Y CONSIDERANDO:

1. Que en fecha 01/09/2022, el juez de primera instancia

resolvió, en su parte pertinente: “(…) 4°) REGULAR los honorarios de los

profesionales que han asistido a las partes, de la siguiente manera: Por la

actora vencedora: Para el Dr. J.B., en el doble carácter, la

suma de pesos trescientos cuarenta y siete mil cuatrocientos treinta y ocho

($347.438). Por la demandada vencida: Para el Dr. N.R., en el

doble carácter, la suma de pesos doscientos cincuenta y dos mil veintiocho ($

252.028); Para que el pago sea definitivo y cancelatorio, se deberá abonar la

Fecha de firma: 21/12/2022

Firmado por: C.R.O., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA

34351476#353261561#20221221110921605

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A

cantidad de moneda de curso legal que resulte equivalente a la cantidad de

UMA fijadas en el considerando pertinente, según su valor vigente al

momento del pago (cfr. art. 51, ley 27423) (…)

.

  1. Que analizadas las constancias de autos, este Cuerpo estima

    corresponde rechazar la apelación y confirmar el dictum atacado. Es que,

    analizada la regulación de honorarios practicada por el a quo, esta Sala “A”

    entiende que la misma debe ser confirmada, toda vez que el procedimiento

    seguido se ajusta a derecho, y es adecuado a las características y complejidad

    del proceso, como así también a la calidad, eficacia, originalidad y extensión

    del trabajo desempeñado por los profesionales actuantes.

    N., que en virtud de los contemplado por el art. 48 de la ley

    Nº 27.423, contempla que “(…) Por la interposición de acciones de

    inconstitucionalidad, de amparo, de hábeas data, de hábeas corpus, en caso

    de que no puedan regularse de conformidad con la escala del artículo 21, se

    aplicarán las normas del artículo 16, con un mínimo de veinte (20) UMA

    (…)” (el resaltado me pertenece), fundamento normativo utilizado por el juez

    de grado para inferir los emolumentos recurridos.

    En igual sentido, no se advierten errores matemáticos en los

    cálculos porcentuales de los honorarios fijados por el Juez de Grado como

    retribución de la labor profesional desarrollada por los profesionales a lo largo

    del proceso, habiendo regulado los honorarios conforme lo previsto por la Ley

    Nº 27.423.

    Estima esta Sala que el a quo se ha mantenido dentro de los

    márgenes que dichas disposiciones legales le imponen, siendo las sumas

    resultantes, ajustadas a derecho si valoramos el monto del asunto, su

    naturaleza y complejidad, el mérito de la labor profesional y la extensión del

    pleito.

    Fecha de firma: 21/12/2022

    Firmado por: C.R.O., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A

    Asimismo, se advierte que la determinación (escalas) en UMA

    impuesta por la norma en cuestión, implica el piso mínimo previsto por ley

    para este tipo de procesos, habiendo el magistrado de primera instancia

    detallado los motivos en virtud de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR