Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 22 de Junio de 2010, expediente 20.539/2006

Fecha de Resolución22 de Junio de 2010

AÑO DEL BICENTENARIO - PODER JUDICIAL DE LA NACION

Expte. Nº 20.539/2006

TS07D42765

SENTENCIA DEFINITIVA Nº 42765

CAUSA Nº 20.539/2006 - SALA VII - JUZGADO Nº 47

En la ciudad de Buenos Aires, a los 22 días del mes de junio de 2010, para dictar sentencia en los autos: “CENDRA

MARIO DANIEL C/ CARTA FRANCA S.A. S/ DESPIDO” , se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. A fs. 8/24 se presenta el actor e inicia demanda contra “CARTA FRANCA S.A.” en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedor, con fundamento en las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo y del Código Civil.-

    Aduce que se desempeñó en relación de dependencia con la demandada cumpliendo tareas de analista de sistemas,

    programador de PC, administrador de redes, tareas administrativas del sector microcomputación, control y proceso de información, con personal a cargo, desde el 01-07-1988.-

    Explica las características y condiciones en que se desarrolló el vínculo así como también las irregularidades en incumplimientos en que incurriera la empleadora, lo que generara sus constantes reclamos de los que da cuenta.-

    Denuncia que en determinado tramo de la relación laboral, ante el cambio de tecnología las jornadas de trabajo comienzan a ser extenuantes, lo que fue mellando su salud padeciendo en la actualidad síndrome depresivo y neurosis fóbica.-

    Afirma que intimó a su empleadora emplazándola,

    entre otras cosas, a que registre correctamente la relación, se haga cargo de la enfermedad padecida (denuncie a la ART

    correspondiente) y ante la negativa de aquélla, se colocó en situación de despido indirecto.-

    Reclama las indemnizaciones correspondientes al despido incausado, así como también indemnización por daños y perjuicios con fundamento en la ley civil y plantea la inconstitucionalidad de la ley 24.557.-

    A fs. 55/71vta. responde CARTA FRANCA S.A.-

    Realiza una minuciosa negativa de los hechos invocados en la demanda y relata su versión de los hechos.-

    Solicita la citación de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo CONSOLIDAR ART S.A.-

    A fs. 118/164 se presenta CONSOLIDAR ASEGURADORA

    DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.; opone excepción de falta de legitimación pasiva; excepción de prescripción y subsidiariamente contesta demanda.-

    La sentencia de primera instancia obra a fs.

    530/535, en la que el “a-quo”, luego de analizar los elementos de juicio obrantes en la causa, decide en sentido parcialmente favorable a las pretensiones de...

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