(*) - “CELLISCAR S.A. – LAUGERO CONSTRUCCIONES S.A. -. OHA CONSTRUCCIONES S.R.L. – UT” - (*) - “CELLISCAR S.A. – LAUGERO CONSTRUCCIONES S.A. -. OHA CONSTRUCCIONES S.R.L. – UT”

Fecha de la disposición19 de Abril de 2023

“CELLISCAR S.A. – LAUGERO CONSTRUCCIONES S.A. -. OHA CONSTRUCCIONES S.R.L. – UT”: Comunican que con fecha 12 de abril de 2023, han celebrado un contrato constitutivo de Unión Transitoria, en los siguientes términos: DENOMINACION: “CELLISCAR S.A. – LAUGERO CONSTRUCCIONES S.A. -. OHA CONSTRUCCIONES S.R.L. – UT”; OBJETO: 3.1 El CONTRATO DE CONSTITUCIÓN DE UT que las PARTES suscriben tiene por objeto definir y regular las normas internas y externas para la actuación de las PARTES en caso de resultar adjudicatarias de la OBRA, en cuanto a: (i) Los aspectos relativos a la constitución, formalización y funcionamiento de la UT; (ii) Los aspectos relativos a la ejecución del CONTRATO para la Ejecución de la Obra Licitación Pública Nº 1001/2023 Expediente Nº 2022/4507/S1-GC, Obra “INFRAESTRUCTURA, URBANIZACION Y ARQUITECTURA INMUEBLES EX BODEGA ARIZU DEL DPTO DE GODOY CRUZ”, a suscribir con el COMITENTE, en un todo de acuerdo con las exigencias de los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la Licitación, y demás documentación contractual; (iii) Los aspectos relativos a la actuación de la UT como parte de uno o más fideicomisos, tanto como UT como por intermedio de cada uno de sus integrantes, como así también la posibilidad de celebrar todo tipo de contratos con terceros, a fin de cumplir con la Oferta a presentar en la LICITACIÓN, lo que comprende -entre otras cosas- la ejecución de la OBRA, el desarrollo de un proyecto inmobiliario integral, cuya comercialización podrá realizar la UT por sí y/o por intermedio de sus integrantes. 3.2 Los medios con que contará la UT para la realización de su objeto, consistirán en aportes de capital, de personal, de equipos, de antecedentes y de cualquier otro tipo que resulten necesarios para la ejecución de la OBRA y del proyecto inmobiliario propuesto por la UT en su oferta, pudiendo también obtener recursos mediante la cesión -a título oneroso- de los derechos derivados de su trabajo en el marco de la OBRA. Dichos aportes deberán ser efectuados por las PARTES, en las proporciones establecidas en la CLÁUSULA 7, o ser adquiridas directamente por la UT en virtud de las decisiones que tome el Comité de Dirección. DOMICILIO: Las PARTES constituyen DOMICILIO LEGAL, FISCAL y ESPECIAL de la UT a todos los efectos derivados del CONTRATO, tanto entre las partes como respecto de terceros, en calle Dorrego 45, Dorrego, Guaymallén, Provincia de Mendoza, República de Argentina. DURACION: 4.1 El presente...

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