Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 26 de Agosto de 2021, expediente CNT 036207/2015/CA001

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2021
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación CAM.ARA CIVIL - SALA L

Expte. n° 36.207/15; juzgado n° 14; “C J D c/ Swiss M.edical ART

S.A. s/ daños y perjuicios”

En Buenos Aires, 26 de agosto de dos mil veintiuno, encontrándose reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala “L” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil a fin de pronunciarse en el expediente caratulado “C J D c/ Swiss M.edical ART S.A. s/ daños y perjuicios” de acuerdo al orden del sorteo Dr.

L. dijo:

I.

Contra la sentencia del día 17/07/20, a través de la cual el Dr. C. hiciera lugar a la demanda, apelaron las accionadas por los agravios vertidos los días 7/4/21 y 8/4/21, cuyo traslado no fue contestado.

La F.ía de Cámara dictaminó el día 28/5/21.

La demanda prosperó por el hecho ocurrido el día 14/06/14, cuando el Sr. C -empleado de Nestlé Water Arg. S.A.-, en horas laborales, mientras realizaba sus tareas habituales de reparto y cargaba un camión con elementos pesados, sufrió un fuerte dolor lumbar que irradiaba el miembro inferior derecho, por lo que se dirigió al Hospital de M.orón, donde fue atendido.

Posteriormente concurrió a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo Swiss M.edical S.A., donde le realizaron estudios de Rx y RNM. de columna lumbar, donde se observó una lesión discal lumbar.

Pero el 17/6/14 recibió una CD proveniente de dicha ART mediante la cual le negaron la cobertura médica por considerar que no existió

hecho súbito para provocar la patología que padece. Continuó

tratamiento en el Hospital Italiano debido al intenso dolor que sufría y le impedía realizar tareas. Finalmente, el día 10/7/14 fue despedido del trabajo.

Fecha de firma: 26/08/2021

Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAM.ARA

Firmado por: M..P.P., JUEZ DE CAM.ARA

Firmado por: M..C.D.C.P., SECRETARIA DE CAM.ARA

Firmado por: G.I., JUEZA DE CAM.ARA

Los agravios de “Nestlé” y “Swiss M.edical” refieren a la atribución de responsabilidad; la declaración de inconstitucionalidad de la ley 24.557 y los montos de condena (daño físico y moral); y particularmente la ART se agravió también respecto de la imposición de costas.

II.

El juez de grado hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad formulado por la actora respecto de la ley 24.557; pues al eximir a los empleadores de toda responsabilidad civil frente a sus trabajadores y los derechohabientes de éstos con la sola excepción de la derivada del art. 1072 del Código Civil, impide una reparación plena del daño; y citó el fallo “A.” de la CSJN; donde se señaló que esa limitación agrava la desigualdad entre las partes,

que regularmente dispone la relación de trabajo.

En su dictamen, el F. de Cámara realizó un buen racconto de las cuestiones apeladas referentes a este punto, señalando que: el motivo del recurso interpuesto por “Nestlé Waters Argentina S.A.” es que el a quo habría declarado la inconstitucionalidad “en abstracto”. Y que el principio de igualdad al que aludió el juez, es aplicable ante igualdad de situaciones, por lo que corresponde analizar la igualdad de agrupamiento.

Refirió que la ley de riesgos del trabajo agrupa a los trabajadores en relación de dependencia y por los riesgos por el hecho y en ocasión del trabajo, circunstancia que -a su entender- justifica un trato diferenciado respecto de otras personas en situaciones diferentes que pueden recurrir a las indemnizaciones del Código Civil, las cuales -agrega- no son beneficiarias de las prestaciones de la ley atacada.

Cita la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación “G, J R

c/ Riva S.A. y otro s/ daños y perjuicios -inconst. del art. 39 L.

24.557” del 01/02/02 -Fallos 325:11-, e insiste en que, aunque el art.

Fecha de firma: 26/08/2021

Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAM.ARA

Firmado por: M..P.P., JUEZ DE CAM.ARA

Firmado por: M..C.D.C.P., SECRETARIA DE CAM.ARA

Firmado por: G.I., JUEZA DE CAM.ARA

Poder Judicial de la Nación CAM.ARA CIVIL - SALA L

39 de la Ley de Riesgos del Trabajo inhiba el acceso a la vía civil, tal limitación no resulta irrazonable ni violatoria del principio de igualdad; por lo que entiende que la declaración de inconstitucionalidad deviene abstracta.

Por su parte, “Swiss M.edical” insistió en que la ART no responde con fundamento en el derecho común, ni aún en el supuesto de responsabilidad civil de los empleadores. Esto, en virtud de no tener, sea por ley o por contrato, obligación de reparar daños en función de la eventual responsabilidad civil del empleador. Cita al respecto los arts. 1113 y 1074 del Código velezano.

Ahora bien, el propio F. destacó acertadamente que,

atento la fecha de acaecimiento del hecho (14/6/14), y la de la sanción de la ley 26.773 (sancionada el 24 de octubre 2012 y promulgada al día siguiente), el artículo aquí cuestionado (art. 39 inc. 1) fue derogado, por lo cual el tratamiento de la inconstitucionalidad resulta abstracto; pues existe una nueva normativa que es aplicable temporalmente al caso.

En efecto, no se encuentra discutido que el hecho ocurrió

el día 14/6/14 en plena vigencia de la ley 26.773. Con lo cual, la limitación que contenía la ley 24.557 ya había sido derogada. Y cabe reseñar que, antes de que este juicio tramitara en sede civil, tuvo radicación en el ámbito laboral -donde fue iniciado-, y tanto el F. que intervino en aquel fuero, y el juez que se declaró incompetente,

fundaron el dictamen y la resolución respectivas en base a la ley 26.773 (v. fs. 20 y 21/23)...

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