Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA X, 23 de Septiembre de 2015, expediente CNT 001383/2012/CA001
Fecha de Resolución | 23 de Septiembre de 2015 |
Emisor | SALA X |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA X 1383/2012 CEBEY M.F. c/ PARCHMENT S.A. s/DESPIDO CABA, 23 de septiembre de 2015.-
El DR. DANIEL E. STORTINI dijo:
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Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta alzada a propósito de los agravios que contra la sentencia de fs. 304/310 interpusieron: la actora a fs.
315/327 y la demandada a fs. 332/344, ambos con las respectivas réplicas de fs. 347/350 y fs.
353/360. Apela asimismo la perito contadora (fs. 311) disconforme con la regulación de sus honorarios.
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Razones de método imponen el análisis de los agravios deducidos por las partes quienes cuestionan la decisión de la magistrada de grado en cuanto a la fecha de ingreso, remuneración, jornada laboral y tareas denunciadas por la actora.
Al respecto y en orden al valor acordado en grado a la prueba testifical colectada en la cauda cabe señalar en primer lugar que la circunstancia de que los testigos S.F. (fs. 126/128), Susena (fs. 130/132) y Torres (fs. 208/213) mantengan juicio con la demandada, no invalida sus testimonios ni lleva a dudar de la veracidad de ellos cuando como en el caso, han declarado bajo juramento de decir verdad, relataron hechos de los cuales tuvieron un conocimiento directo y dieron la debida razón de sus dichos. Sólo se impone al juzgador el deber de examinarlos con un criterio más estricto.
Fecha de firma: 23/09/2015 Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA Aclarado ello, sus declaraciones se advierten precisas y coincidentes en lo atinente a las cuestiones que se analizan. S.F. declaró que trabajó con la actora en el local de Ossira en el Alto Palermo, que estaba como encargada haciendo una suplencia y que además era cajera y vendedora; dijo que los fines de semana trabajaban juntas de 10 a 22 horas; que el horario se registraba en un cuaderno que llevaban las encargadas; el sueldo se los pagaban una parte en blanco y las comisiones en “en negro” en el depósito del local que quedaba en la parte de atrás iban de a dos o de a tres juntas y que les pagaban A.R. y L.N.. S. también compañera de trabajo en el local de Alto Palermo, afirmó que la actora era cajera y a veces estaba en venta; que no recuerda si entraba a las 9 y se quedaba hasta las 19, la testigo entraba a las 10 o a las 12 de lunes a viernes y los fines de semana y los feriados trabajaban juntas de 12 a 22 horas. Coincidió respecto de la forma y lugar de pago de las comisiones. Finalmente T. declaró que la actora comenzó a trabajar en el año 2007 lo recuerda porque cuando volvió de sus vacaciones en febrero ya estaba trabajando¸ estaba como cajera, vendedora y también hacía el reemplazo de la encargada e incluso de la dicente cuando se tomaba vacaciones o los días francos; declaró que C. trabajaba de lunes a viernes de 10 a 19 horas y los días sábados domingos y feriados de 10 a 22. Respecto del pago de las comisiones y el plus por reemplazos corroboró la versión de las testigos S.F. y Susena.
La testigo Anias (fs. 133/135) propuesta por la actora brindó
testimonio en sentido similar. Coincidió en la fecha de ingreso, horario, tareas cumplidas, forma y lugar del pago de las comisiones.
Fecha de firma: 23/09/2015 Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA X Les acuerdo a tales testimonios plena eficacia probatoria porque provienen de compañeras de trabajo de la actora, fueron coincidentes, declararon sobre hechos de los cuales tuvieron un conocimiento directo y dieron debida razón de sus dichos.
Los testigos propuestos por la demandada P.F. (fs.
123/125) y Balent (fs. 248/250) no trabajaron en el local donde se...
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