Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 3 de Diciembre de 2003, expediente P 70558

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2003
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 3 de diciembre de 2003, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores K., de L., S., S., Hitters, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 70.558, “V., F.A.. Estupro calificado continuado”.

A N T E C E D E N T E S

La Sala Segunda de la entonces Excma. Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de Mar del Plata condenó a F.A.V. a la pena de seis años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas, por resultar autor responsable del delito de estupro calificado continuado.

El señor Defensor Oficial interpuso recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley siéndole concedido sólo este último.

Oído el señor S. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, la señora Jueza doctora K. dijo:

  1. El 23 de diciembre de 1997 la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de Mar del P. condenó a F.A.V. a la pena de seis años y seis meses de prisión, con accesorias legales y costas, por considerarlo autor responsable del delito de estupro continuado.

  2. Contra tal decisión, el señor Defensor Oficial interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en el que “se denuncian genéricamente las siguientes violaciones normativas: artículo 18 de la C.N., 120 y 122 del C.P.; 431 y doctrina legal de la S.C.B.A.” (fs. 383 vta.).

  3. El señor S. General aconsejó en su dictamen de fs. 424/425 el rechazo de los planteos formulados.

  4. En primer lugar, la defensa ha solicitado que sea declarada la nulidad absoluta del pronunciamiento impugnado por entender que la sentenciante no se hallaba habilitada para condenar a su asistido. Ello, según alegó, en virtud de las manifestaciones vertidas por el señor F. de Cámaras en ocasión de la contestación de agravios de las que, según la interpretación de la defensa, se derivaría que aquél “implícitamente desiste de acusar” ya que “no complementa la acusación con un requerimiento punitivo”.

    En tal entendimiento el recurrente ha sostenido a fs. 384 vta. de su...

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