Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 26 de Diciembre de 2007, expediente P 74959

Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2007
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 26 de diciembre de 2007, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores N., Hitters, de L., K., P., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 74.959, "S. , D.M. . Robo calificado".

A N T E C E D E N T E S

La Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Lomas de Z. condenó a D.M.S. a la pena de seis años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas, por ser autor responsable del delito de robo calificado por el uso de armas tres hechos y robo agravado por el empleo de arma en grado de tentativa, en concurso material entre sí.

El señor Defensor Oficial interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley .

Oído el señor S. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor Juez doctor N. dijo:

  1. El señor Defensor denuncia la violación de los arts. 34 inc. 1° del Código Penal, 263 inc. 4° letra "c" y 431 del Código de Procedimiento Penal según ley 3589 y sus modif..

    Se agravia el recurrente de la valoración de la prueba pericial médica con la que la alzada desechó el estado de inimputabilidad de su asistido en el momento de los hechos. Sostiene que de la pericia de fs. 9 vta. surge que el procesado "al examen se present[a] somnoliento con dislalia y disartria refiriendo haber consumido diez comprimidos de Rohipnol con alcohol", circunstancia corroborada por los dichos de S. en su declaración indagatoria (fs. 193 vta.). Añade asimismo, que la pericia de fs. 121/122 da cuenta que su defendido es "un adicto a las drogas, excediendo su cuadro de la ingesta esporádica de estupefacientes", lo que indica según su entender una situación de duda que, concluye, debió resolverse a su favor (fs. 195 vta. in fine/196).

  2. El señor S. General al emitir su dictamen (v. fs. 336) propició el rechazo de los planteos de la defensa; coincido con su opinión.

    El recurso debe ser rechazado.

  3. El Tribunal para desestimar el planteo llevado por la defensa, señaló que "la ingesta de psicofármacos y de bebida alcohólica ... producen...

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