Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 22 de Febrero de 2006, expediente A C95882

Fecha de Resolución22 de Febrero de 2006
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac. 95.882 "Juzgado Municipal de Defensa del Consumidor. A.�n de oficio. CTI PCS S.A. Rec. de queja y su acum. Ac. 95.883 'Juzgado Municipal de Defensa del Consumidor. A.�n de oficio CTI PCS S.A. Rec. de queja'".

//Plata, 22 de Febrero de 2006.

AUTOS Y VISTO:

  1. Conforme surge de las constancias agregadas a las presentes actuaciones en lo que interesa destacar el Juzgado Municipal n� 2 de Defensa del Consumidor de La Plata dispuso, mediante la resoluci�n dictada el 27 de junio de 2005, ordenar a las empresas "CTI PCS S.A." y/o "Compa��a de Tel�fonos del Interior S.A." con car�cter de medida cautelar, el cese inmediato de las conductas que individualiz�, la adopci�n de los recaudos pertinentes para ajustar su infraestructura t�cnica y humana a los est�ndares necesarios para la correcta prestaci�n de los servicios de telefon�a m�vil que comercializa, la adecuaci�n de su publicidad comercial e informaci�n, dando cuenta de las dificultades existentes, y la presentaci�n de un informe detallado sobre las tareas realizadas para poner fin a las deficiencias comprobadas. Asimismo, imput� a dichas empresas la presunta infracci�n de los arts. 4, 7, 8, 12 y 19 de la ley� 24.240 y 74 de la ley� 13.133 (fs. 38/47).

    Con posterioridad, el mencionado juez rechaz� los planteos de nulidad, incompetencia e inconstitucionalidad, como as� tambi�n el recurso de apelaci�n, deducidos por el representante de "CTI PCS S.A." (fs. 27/36) haciendo saber a dicha parte con cita de los arts. 166 de la C.ituci�n de la Provincia, 70, 80 y 85 de la ley� 13.133 y ley� 12.008 y sus modificatorias que deb�a ocurrir por la v�a procedente. Tambi�n, entre otras medidas, intim�...

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