Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 6 de Abril de 2005, expediente A C94083

Fecha de Resolución 6 de Abril de 2005
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac. 94.083 "D.Y., M.I. c/La Primera Alborada S.A. Despido. Recurso de queja", "DiY., M.I. c/La Primera Alborada S.A. Despido" y Ac. 94.084, "DiY., M.I. c/La Primera Alborada S.A. Despido. Recurso de queja".

//P., 6 de abril de 2005.

AUTOS Y VISTO:

Es doctrina reiterada de esta Suprema Corte que, en principio, las decisiones relativas a medidas cautelares no tienen la cualidad de ser definitivas en los términos del art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial pues, teniendo carácter provisional, no causan instancia (conf. doct. L. 66.824, sent. del 23III1999; Ac. 90.747, resol. del 14IV2004).

Así, no se observa en el caso, en que el Tribunal del Trabajo, con posterioridad al dictado de la sentencia definitiva, dispone el levantamiento de la inhibición general de bienes sobre un coaccionado como consecuencia del rechazo de la demanda a su respecto cuando ello todavía no se encuentra firme en razón del recurso extraordinario deducido por la parte actora, razones que permitan...

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