Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 17 de Octubre de 1995, expediente B 55754

Fecha de Resolución17 de Octubre de 1995
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

En la ciudad de La Plata, a 17 de octubre de 1995, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores L., R.V., N., S., S.M., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa B. 55.754, "P., O.H. contra Provincia de Buenos Aires (I.P.S.). Demanda contencioso administrativa".

A N T E C E D E N T E S
  1. El doctor O.H.P., con patrocinio letrado, promovió demanda contencioso administrativa contra la Provincia de Buenos Aires, Instituto de Previsión Social, solicitando al Tribunal que anule las resoluciones dictadas por el mencionado Instituto con fechas 29—VIII—93 y 16—XII—93, por las que se rechazó su reclamo de reajuste jubilatorio mediante el incremento del rubro "antigüedad" merced al cómputo de los años en los que ejerció la profesión de abogado, y se rechazó el recurso de revocatoria interpuesto contra la aludida denegatoria.

    Asimismo solicitó al Tribunal condene al organismo previsional a otorgarle el reajuste peticionado y a abonarle las diferencias devengadas a su favor por tal concepto, debidamente actualizadas, con intereses y costas.

  2. Corrido el traslado de ley , se presentó en autos la Fiscalía de Estado, contestó la demanda argumentando en favor de la legitimidad de las resoluciones impugnadas y solicitando el rechazo de las pretensiones del actor. Opuso, para el supuesto de que se haga lugar a la demanda, la prescripción de la diferencia de haberes devengados hasta dos años antes de la solicitud de reajuste. A fs. 34 el actor manifiesta que no formula objeciones al planteo efectuado por la demandada con respecto a la prescripción.

  3. Agregadas las actuaciones administrativas sin acumular, única prueba ofrecida por las partes y glosados los alegatos, la causa quedó en estado de dictar sentencia, decidiéndose plantear y votar la siguiente

    C U E S T I O N

    ¿Es fundada la demanda?

    V O T A C I O N

    A la cuestión planteada, el señor J. doctorL. dijo:

  4. De las actuaciones administrativas surgen las siguientes circunstancias útiles para la decisión de la causa:

    1. El actor, titular de un beneficio de jubilación por invalidez en su carácter de ex funcionario del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, solicitó ante el organismo previsional el incremento de su haber mensual mediante el aumento del rubro antigüedad con el cómputo de los años de...

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