Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 18 de Febrero de 2009, expediente A C105036

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2009
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac. 105.036 "L.B., S.M. c/Tejero, D.V.. Rescisión de contrato".

//Plata, 18 de Febrero de 2009.

AUTOS Y VISTO:

  1. El Juzgado en lo Civil y Comercial n° 7 de M., hizo lugar a la demanda promovida por S.M.L.B. contra D.V.T. por rescisión contractual y dispuso la restitución del inmueble objeto del mismo (fs. 203/209).

    Posteriormente, el accionado planteó la nulidad de la notificación de la sentencia de primera instancia (fs. 287/289), la que fue rechazada por el juez interviniente (fs. 292/293) y la Cámara del fuero confirmó (fs. 345/348).

    Contra lo así resuelto, el legitimado pasivo dedujo recurso de inaplicabilidad de ley (fs. 361/369), el que fue concedido (fs. 372).

    Seguidamente, se presentó la actora ante el mismo órgano de grado y manifestó su oposición a la admisión de la vía extraordinaria, solicitando, en consecuencia, su rechazo (fs. 375/383 y vta.). El a quo sin expedirse al respecto, elevó las actuaciones a esta sede (fs. 384).

  2. A los fines de evitar estipendios jurisdiccionales y no resultando obstáculo al tratamiento del recurso la presentación de fs. 375/383 efectuada ante la Cámara, lo que aún se encuentra para resolver, se pasa a juzgar el recurso deducido, sin perjuicio de lo que posteriormente provea la alzada sobre la misma (art. 34, inc. 5, ap. "e", C.P.C.C.).

  3. Pasando a analizar la concurrencia de los requisitos de admisibilidad de la impugnación articulada, dable es destacar que el monto de esta contienda se encuentra representado por el valor...

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