Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 9 de Mayo de 2007, expediente A C99392

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2007
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac. 99.392 "F., R.J. y otra. sucesión ab intestato. I.. de competencia e/Juzg. C.. y Com. nº 3 de San Martín y Juzg. C.. y Com. nº 5 de Mercedes".

//Plata, 9 de Mayo de 2007.

AUTOS Y VISTO:

  1. Los señores R.Á., M.A. y G.E.F., prorrogando jurisdicción, solicitaron, ante el Juzgado en lo Civil y Comercial nº 3 de General San Martín, la apertura de las sucesiones ab intestato de sus padres, R.J.F. y O.E.S., denunciando los bienes relictos en cabeza de los de cujus (fs. 18/19 vta.).

    Ante la comunicación del Registro de Juicios Universales (fs. 22 y vta.), el magistrado interviniente requirió informe al juzgado de igual clase y fuero nº 5 de Mercedes donde tramitaban los autos "S., O.E. s/ Sucesión ab intestato" (fs. 36) y, producido el mismo (fs. 57/58 vta.), dispuso la acumulación de estos obrados con los restantes, remitiéndolos al mencionado (fs. 59).

    A su vez, el órgano requerido que los recibió resistió la acumulación dispuesta por entender que no se hallaban reunidos los extremos del art. 731 del Código Procesal Civil y Comercial y los devolvió al remitente (fs. 63), que los elevó (fs. 64 y vta.). Tal el conflicto que corresponde dirimir (art. 161 inc. 2, C.. prov.).

  2. Esta Corte ha entendido que el fuero de atracción del juicio sucesorio se extingue con la partición de los bienes que componen el acervo hereditario (conf. doct. Ac. 37.923, 1IX1987; B. 68.287, 3VIII2005; Ac. 97.445, 20IX2006).

    De lo informado por el Juzgado en lo Civil y Comercial nº 5 de Mercedes en los autos "Scarzo, O.E. s/Sucesión ab intestato", no se aprecia que se hubiere efectuado la partición en la sucesión de la cónyuge del...

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