Sentencia definitiva nº 1889/02 de Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27 de Diciembre de 2002

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2002
EmisorTribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Causa 1889/02.

Sumario: Recurso de apelación. Sanción de suspensión

La presentación examinada contiene -más que una verdadera crítica al decisorio- un reconocimiento de las observaciones oportunamente detectadas con motivo de la inspección ordenada al protocolo correspondiente al año 2000. No otra es la conclusión que debe extraerse cuando allí -aunque con una versión personal- se admite: a) la falta de pago de los tributos observados; b) el atraso en la obligación de encuadernar los protocolos; c) que faltaban una liberación y dos certificados; d) la alteración en la correlatividad de una escritura. Por lo tanto, el recurso incoado por el escribano sumariado se exhibe, por carencia de fundamentación, inhábil para habilitar este estrado. Sin embargo, por aplicación de las garantías del debido proceso y de la tutela judicial efectiva, el Tribunal conocerá de los "agravios" vertidos contra la resolución recurrida.

(TSN, causa 1889/02, Tribunal de Superintendencia del Notariado. "Colegio de Escribanos. E.O., J.M.R. s/ inspección protocolo año 2000")

Sumario: Recurso de apelación. Sanción de suspensión

En lo que hace a los reproches que se formulan por haberse declarado la cuestión de autos como de puro derecho y haberse denegado la acumulación de los sumarios, basta con decir que el apelante en ningún momento ofreció prueba alguna ni requirió la acumulación que ahora se invoca, lo cual hace caer en el vacío estos aspectos de la apelación.

(TSN, causa 1889/02, Tribunal de Superintendencia del Notariado. "Colegio de Escribanos. E.O., J.M.R. s/ inspección protocolo año 2000")

Sumario: Recurso de apelación. Sanción de suspensión. Cuestión prejudicial

en sede penal

El sumariado insiste en sostener que el Colegio debió suspender las actuaciones pues mediaba una cuestión de prejudicialidad en sede penal. La sanción que se le impuso al notario no se funda en la comisión de delitos tipificados por el Código...

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