Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 15 de Junio de 2017, expediente COM 001125/2008/CA001

Fecha de Resolución15 de Junio de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación En Buenos Aires a los 15 días del mes de junio de dos mil diecisiete, reunidos los Señores Jueces de Cámara en la Sala de Acuerdos fueron traídos para conocer los autos “CATERING LA CAPILLA S.A. CONTRA SUPERMERCADOS NORTE S.A. S/ ORDINARIO” (Exte. COM 1125/2008) en los que al practicarse la desinsaculación que ordena el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación resultó que la votación debía tener lugar en el siguiente orden: Vocalías N°17, N°16, N°18.

La Dra. A.N.T. interviene en su carácter de subrogante de la vocalía N°17 que se encuentra a la fecha vacante.

Estudiados los autos la Cámara plantea la siguiente cuestión a resolver:

¿Es arreglada a derecho la sentencia apelada de fs. 699/706?

La Señora Juez de Cámara Doctora A.N.T. dice:

I.A. de la causa.

  1. CATERING LA CAPILLA SA (en adelante, “Catering”) promovió

    demanda contra INC S.A. (antes, SUPERMERCADOS NORTE S.A.) por cobro de la suma de pesos veintiocho mil ciento ochenta y tres con cinco centavos ($28.183,05) y/o lo que en más o menos resultare de la prueba a rendirse, con más sus intereses y costas.

    Relató que el 11.10.2006 suscribió con su adversaria un contrato de locación de los locales N° 22 y 27 del patio de comidas del hipermercado de propiedad de la demandada en la ciudad de Corrientes.

    Señaló que luego fue obligada por la locadora a cerrar temporariamente los locales alquilados para permitirle que realizara reformas estructurales ajenas a su mandante y que ello provocó la suscripción de un nuevo contrato.

    Fecha de firma: 15/06/2017 Firmado por: A.N.T., PRESIDENTA DE LA SALA F Firmado por: R.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.E., SECRETARIA DE CAMARA #22869013#181313653#20170614094610323 Poder Judicial de la Nación Destacó que pactaron que los locales serían construidos por la demandada a su costo y que se los entregaría el día 20.10.2006 -plazo que podía extenderse como máximo al 30.10.2006-.

    Expuso que el cierre de los locales le generaba una serie de pérdidas y que por ello acordaron en favor de la locataria una penalidad que fijaron en $450 por cada día de demora en la entrega, importe éste que se incrementaría acumulativamente en un 10% cada quince días.

    Dijo que la demandada incumplió con el plazo pactado y que pese a los insistentes reclamos de su parte, recién le entregó los locales el 23.12.2006. Agregó que el pago de los alquileres registrado desde esa fecha demuestra que la demandada cumplió tarde con su obligación y, en consecuencia, requirió la imposición de la multa penal establecida en el USO OFICIAL punto 1.4 del contrato de locación.

    Reiteró que esta actitud le provocó importantes pérdidas y por eso realizó reclamos infructuosos.

    Practicó liquidación y ofreció prueba.

  2. INC S.A. contestó demanda y solicitó el rechazo de la acción con expresa imposición de costas.

    Formuló una negativa pormenorizada y categórica de los hechos expuestos por su contraria. Reconoció que el 26.8.2003 se vinculó con la actora por medio de un contrato en el que le concesionó un espacio para la explotación de un local de comidas en una de sus sucursales.

    Dijo que el 13.10.2006 decidieron de común acuerdo rescindir ese contrato para que su parte pudiera continuar con la ejecución de las obras de ampliación que venía realizando en el hipermercado. Sin embargo, la actora no entregó el local a tiempo sino que siguió con las actividades y no Fecha de firma: 15/06/2017 Firmado por: A.N.T., PRESIDENTA DE LA SALA F Firmado por: R.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.E., SECRETARIA DE CAMARA #22869013#181313653#20170614094610323 Poder Judicial de la Nación le permitió acceder al mismo para realizar los trabajos de remodelación. Ello a pesar de que, según lo previsto, ella seguiría operando en otro local.

    Explicó que con posterioridad a la firma de ese convenio, la actora le solicitó la realización de una serie de modificaciones estructurales en dichos locales que fueron las que motivaron la...

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