Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 16 de Marzo de 2020, expediente CNT 033942/2011/CA002 - CA001

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

Causa N°: 33942/2011 - CASTRO JULIO RAUL c/ ALOTAX S.R.L

s/DESPIDO

Buenos Aires, 16 de marzo de 2020.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por el interventor recaudador a fs. 264

por estimar reducidos los honorarios regulados a fs. 263.

Y CONSIDERANDO:

Que, analizadas las constancias de autos, cabe destacar que, atendiendo a la importancia, complejidad, extensión, mérito, calidad de las tareas efectivamente llevadas a cabo, lo normado por el art. 38 de la L.O., decreto ley 16.638/57, el art.

1255 del CCCN y por los arts. 16, 21, 58 y ss. de la ley 27.423, los honorarios regulados al interventor recaudador a fs. 263 no lucen reducidos, razón por la cual corresponde que sean confirmados en cuanto fueron objeto de recurso.

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Confirmar los honorarios regulados al interventor recaudador; 2) H. saber a las partes y peritos que rige lo dispuesto por la Ley 26.685 y Ac. C.S.J.N N.. 38/13. 11/14 y N.. 3/15 a los fines de notificaciones, traslados y presentaciones que se efectúen.

R., notifíquese y oportunamente devuélvase.

Roberto C. Pompa Alvaro E.

Balestrini JUEZ DE CAMARA JUEZ DE

CAMARA

Ante mí:

F.F.

Fecha de firma: 16/03/2020

Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX

Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX

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