Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 28 de Abril de 2017, expediente COM 030120/2009/CA002

Fecha de Resolución28 de Abril de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CASTRILLI HUGO GERARDO LE PIDE LA QUIEBRA BANCO PATAGONIA S.A.

Expediente N° 30120/2009/CA2-CA1 Juzgado N° 16 Secretaría N° 32 Buenos Aires, 27 de abril de 2017.

Y VISTOS:

  1. A los efectos del límite pecuniario de inapelabilidad previsto en el art. 242 CPCC debe estarse a la cuantía económica controvertida en el o los recursos que motivan la intervención del Tribunal, con prescindencia del valor que se debate en el proceso.

    Por consiguiente, en tanto el valor económico cuestionado ante esta Alzada, en el recurso fundado en fs. 297/298 contra la imposición de costas USO OFICIAL decidida en fs. 292 y mantenida a fs. 302, no alcanza la suma prevista por el art. 242 CPCC, se declara mal concedido el recurso de apelación.

    Las costas se imponen por su orden toda vez que se decide según fundamentos provistos por el Tribunal.

  2. En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados por los profesionales beneficiarios de la regulación apelada, se reducen a ocho mil doscientos pesos ($ 8.200) los honorarios del letrado patrocinante de la demandada, Dr. R.M.C., regulados a fs. 292 (cfr.fallo plenario del 31.08.56 "Flota Mercante del Estado República de Paraguay C/ S.A.C.

  3. Maderera")

    Así se decide.

    N. por...

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