Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA J, 4 de Mayo de 2016, expediente CIV 095402/2001/CA003

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2016
EmisorSALA J

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J 95.402/01 “CASTILLO, ROSA BEATRIZ c/ EMPRENDIMIENTOS MACCARONE SA s/ DAÑOS Y PERJUICIOS” JUZGADO N° 14 Buenos Aires, mayo 4 de 2016.-

AUTOS Y VISTOS.

Para conocer la regulación de honorarios de fs.3262 que fue recurrida por baja a fs.3266 y por elevada a fs.3339/3342, 3483, 3488, 3569; la de fs.3270 que fue apelada por baja a fs.3318 y por alta a fs.3339/3342, 3345; la de fs.3275 que fue apelada por baja a fs.3326 y por elevada fs.3336, 3541; la de fs.3298 que fue apelada por baja fs.3328 y por elevada a fs.3541; la de fs.3304 que fue recurrida por baja a fs.3305 y por elevada a fs.3339/3342, 3483, 3488, 3569; la de fs.3317 que fue recurrida por elevada a fs.3339/3342, 3483, 3488, 3569; la de fs.3325 que fue apelada por baja a fs.3329 y por elevada a fs.3329, 3337, 3338, 3343, 3339/3342, 3498; la de fs.3355 que fue recurrida por baja a fs.3371 y por alta a fs.3483, 3487, 3488, 3569; la de fs.3375 que fue apelada por baja a fs.3388 y por elevada a fs.3390, 3498, 3580; y la de fs.3554 que fue recurrida por elevada a fs.3566, 3569.-

Con relación a la apelación interpuesta a fs.3328 corresponde advertir que se encuentra fuera de término, ello en virtud que el Dr.Ignacio V. quedó notificado espontáneamente de los honorarios regulados a fs.3298 con la presentación realizada a fs.3311 (12/06/13), por lo que corresponde declarar mal concedido el recurso de apelación indicado y concedido a fs.3328bis.-

Respecto al recurso interpuesto a fs.3569 respecto a las regulaciones de fs.3262, 3304, 3317, 3355, 3554 corresponde advertir que se encuentran fuera de término, ello en virtud que el peticionario quedó notificado a fs.3485 (11/09/14), por lo que corresponde declarar mal concedido el recurso de apelación concedido a fs.3570.-

Fecha de firma: 04/05/2016 Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: Z.D.W., JUEZ DE CAMARA #12879203#152394998#20160504113515148 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J En virtud de la calidad, complejidad, extensión y eficacia de la tarea efectivamente desarrollada y las pautas previstas por los artículos 1, 6, 7, 9, 37, 38 y concordantes de la ley 21.839, por resultar reducidos, se elevan a la suma de pesos ochenta y ocho mil ($

88.000) los honorarios de las Dras.Paula B.C. y G.I.B. y en la suma de pesos ochenta y ocho mil ($ 88.000) los de los...

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