Sentencia Definitiva de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 2 de Julio de 2014, expediente A 70621

PresidenteKogan-Negri-Soria-Genoud
Fecha de Resolución 2 de Julio de 2014
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 2 de julio de 2014, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores K., N., S., G., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa A. 70.621, "C., C.S. contra Municipalidad de Lomas de Z.. Proceso de ilegitimidad".

A N T E C E D E N T E S

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en La P. confirmó el fallo de primera instancia que había hecho lugar a la acción contencioso administrativa interpuesta por el señor C.S.C. contra la Municipalidad de Lomas de Zamora (fs. 239/243).

Disconforme con tal pronunciamiento, la parte demandada dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 247/254), el que fue concedido a fs. 259/260.

Dictada la providencia de llamamiento de autos para resolver (fs. 269) y encontrándose la causa en estado de pronunciar sentencia, corresponde plantear y votar la siguiente

C U E S T I Ó N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I Ó N

A la cuestión planteada, la señora J. doctora K. dijo:

  1. 1. La titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Lomas de Z. hizo lugar a la demanda interpuesta anulando el decreto 288/2004 y condenando al municipio de Lomas de Z. a que reincorpore al agente C.S.C. al cargo que desempeñaba y a pagar los salarios adeudados desde su alejamiento (16-III-2004) hasta su efectiva reintegración y, de no concretarse, hasta el momento de su jubilación (v. sentencia dictada en fecha 6-VII-2007, obrante a fs. 213 a 219).

    1. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en La P. rechazó el recurso de apelación interpuesto por la accionada a fs. 224/227 y en consecuencia confirmó la sentencia apelada (fs. 239/243).

      Para así resolver evaluó que:

      1. En el marco de la reestructuración orgánico funcional de la Municipalidad demandada, dispuesta por ordenanza 10781/04, el Ejecutivo comunal mediante decreto 189/2004 estableció la disponibilidad absoluta de todo el personal de planta permanente por el plazo de veinticuatro días. Posteriormente mediante decreto 288 de fecha 16-III-2004, el Intendente resolvió hacer cesar en sus funciones, entre otros agentes, al actor de autos por haberse eliminado su cargo y ante la imposibilidad de reubicarlo en otro puesto laboral.

        En este contexto destaca la sentencia que el cargo que ocupaba el señor C. en la planta permanente, subsiste en la nueva estructura y que posteriormente dicho puesto fue ocupado por otra...

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