Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 7 de Diciembre de 2018, expediente CIV 042641/2013

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D 42641/2013 CASTEGNARO ELIAS c/ FERRARI N.R. Y OTROS s/PRESCRIPCION LIBERATORIA Buenos Aires, de diciembre de 2018.- FMC AUTOS Y VISTOS:

Teniendo en cuenta la naturaleza, importancia y extensión de los trabajos realizados en autos por el Dr. C.R.L., letrado apoderado de la parte actora; las tres etapas del proceso cumplidas; el monto de los créditos de los codemandados Arrastia y B. que se declararon prescriptos en la sentencia con imposición de costas (ver fs. 261) –U$S 3.570 y U$S 3.060, respectivamente-, y lo dispuesto por los artículos 1, 6, 7, 9, 19, 37 y 38 de la ley 21.839 y su modificatoria 24.432, se confirman, por haber sido apelados sólo por altos, los honorarios regulados a su favor a fs.

265.

La D.P.B. deja constancia de que, si bien entiende que la nueva ley de aranceles profesionales N° 27.423 es aplicable a toda regulación de honorarios que no se encuentre firme, aun tratándose de trabajos llevados a cabo con anterioridad (conf. esta S., en autos “P., C.A. c/BancoC.S.A. y otro s/daños y perjuicios” del 21/3/18), atento la mayoría conformada en el Tribunal en torno a la cuestión, no se extenderá a su respecto.

R. y devuélvase. H. saber que la presente resolución será remitida al Centro de Información Judicial a los fines de su publicación en los términos de la ley 26.856...

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