2403/06 (a-9157) - Cassagne Alberto S/ Falsificación Documentos Públicos - Cita a L Nombrado

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2007

Buenos Aires, 16 de agosto de 2007.Karin Martín de Ferrario, secretaria interina.e. 27/08/2007 Nº 555.088 v. 28/08/2007 N° 15El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 15 Secretaría 29 sito en Callao 635Piso 3º C.A.B.A. hace saber que en los autos cartatulados 'OLAM COOPERATIVA E SEGUROS LTD S/LIQUIDACION FORZOSA - Expte. 75.232/ 98': se ha presentado segundo proyecto de distribución para acreedores con privilegio general y quirografarios, el cual una vez vencido el plazo de diez días sin que se hubieran formulado observaciones, será aprobado. Publíquese por dos días en el Boletín Oficial. OBSERVACIONES: DONDE DICE: COOPERATIVA E SEGUROS LTD. DEBE DECIR: COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA.Buenos Aires, 20 de junio de 2007.Ana Paula Ferrara, secretaria.e. 27/08/2007 Nº 555.079 v. 28/08/2007 N° 19El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 19, Secretaría N° 38, hace saber que en autos 'BOSSIO, Carlos Alberto s/Quiebra' se ha presentado un proyecto de distribución parcial de fondos, que podrá ser observado dentro del plazo de 10 días. Publíquese por dos días.Buenos Aires, 6 de julio de 2007.Adriana P. Cirulli, secretaria.e. 27/08/2007 N° 555.046 v. 28/08/2007 N° 21EL JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIAEN LO COMERCIALNº 21ACARGO DEL DR GERMAN PAEZ CASTAÑEDA, SECRETARIA Nº 41 ACARGO DE LA DOCTORAANDREAREY EN LA CALLE MARCELO T. DE ALVEAR 1840PISO 3 CIUAD DE BUENOS AIRES HACE SABER QUE EN LOS AUTOS 'LUCERO RUBEN AUGUSTO S/QUIEBRA EXPTE 052410' ; CON FECHA 27 DEJUNIO DE 2007 SE DECRETO LA QUIEBRA DE RUBEN AUGUSTO LUCERO DNI 11085879 CUIT 20-11085879-6 DOMICILIADO EN LA CALLE 15 DE NOVIEMPRE DE 1889 NUMERO 1744/52 CIUDAD DE BUENOS AIRES SE DESIGNO COMO SINDICO A MIGUEL LUIS RUDNITZKY CON DOMICILIO EN LA CALLE PARANA 426 PISO 15 DEPARTAMENTO I CIUDAD DE BUENOS AIRES Y SE FIJO EL DIA 8 DE OCTUBRE DE 2007 FECHA HASTA LA CUAL LOS ACREEDORES DEBERAN PRESENTAR LAS PETICIONES DE VERIFICACION DE SUS CREDITOS Y LOS TITULOS PERTINENTES AL SINDICO. EL SINDICO PRESENTARA LOS INFORMES DE LOS ARTS. 35 Y 39 LEY 24522 LOS DIAS 20-11-2007 Y 07-02-2008 RESPECTIVAMENTE. SE ORDENAAL FALLIDO YALOS TERCEROS PARA QUE ENTREGUEN AL SINDICO LOS BIENES DEL FALLIDO. SE PROHIBE HACER PAGOS AL FALLIDO LOS QUE SERAN INEFICACES. SE INTIMA AL FALLIDO PARA QUE DENTRO DE LAS 48 HORAS CONSTITUYA DOMICILIO PROCESAL EN EL LUGAR DE TRAMITACION DE ESTA QUIEBRA BAJO APERCIBIMIENTO DE TENERLO POR CONSTITUIDO EN LOS ESTRADOS DEL JUZGADO. SE INTIMAAL FALLIDO A QUE CUMPLA CON LOS REQUISITOS A LOS QUE SE RERFIERE ELART., 86 LEY 24522 Y PARA QUE ENTREGUE AL SINDICO DENTRO DE LAS 24 HORAS LOS LIBROS DE COMERCIO DEL FALLIDO Y DEMAS DOCUMENTACION RELACIONADA CON LA CONTABILIDAD. PUBLIQUESE POR CINCO DIAS.Buenos Aires, 16 de agosto de 2007.Andrea Rey, secretaria.e. 27/08/2007 Nº 555.081 v. 31/08/2007 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 21, a cargo del Dr. Germán Páez Castañeda, secretaría N° 41 a cargo de la Dra.Andrea Rey sito en la calle Marcelo T. de Alvear 1840 3er. piso Capital Federal, comunica por cinco días, en los autos caratulados Ravimada Sociedad Anónima su Quiebra Expte. 048608 que se ha dispuesto por auto de fecha 15 de Junio de 2007, decretar la Quiebra de Ravimada Sociedad Anónima 30-68711010-9 con domicilio en la calle Raúl Scalabrini Ortiz 3096 de esta Ciudad de Buenos Aires.- Síndico designado Contador Jorge Eduardo Roberts con domicilio en Hernandarias 953 1° piso Capital Federal; fijar el día 09 de octubre de 2007, fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación de créditos, en el domicilio del Síndico; señalar los días 14 de Noviembre de 2007 y 04 de Febrero de 2008 para presentación de los informes dispuestos Art. 35 y 39 LCQ, Intímese al representante legal de la falente Señor Ramón Conde García identificado bajo C.I. 8.607.596 para que dentro del quinto día cumplimente la información requerida por el art. 11 ley 24.522, bajo apercibimiento de considerar su conducta como obstructiva y de ocultamiento patrimonial, a los representantes de la fallida y terceros que entreguen al síndico todos los bienes; libros de comercio y documentación relacionada a la falente, que tengan en su poder, previniéndose la prohibición de realizar pagos al fallido los que serán ineficaces.Buenos Aires, 14 de agosto de 2007.Andrea Rey, secretaria.e. 27/08/2007 N° 555.063 v. 31/08/2007 El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Comercial Nº 21, Sec. Nº 42, (sito en Marcelo T. de Alvear 1840, Capital Federal), hace saber por cinco (5) días en los autos 'NOR-JOR S.R.L. S/QUIEBRA', (expte. Nº 046645) que, en fecha 28/6/2007, ha sido decretada la quiebra de NOR-JOR S.R.L.(CUIT Nº 30-63428870-4) con domicilio en la calle Muguiondo 2168/72, Capital Federal. Los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 26/9/2007, ante el síndico interviniente, contador Mario Leizerow, con domicilio en Bouchard 644, 4º piso 'D', Capital Federal.Debiendo el síndico presentar los informes previstos por los arts. 35 y 39 ley 24.522, los días 7/11/ 2007 y 19/12/2007 respectivamente. Se intima a todos los que tengan bienes y/o documentación relacionada con su contabilidad de la fallida, que los entreguen al síndico dentro de las 72 horas y no efectúen pagos o entreguen efectos de la fallida so pena de considerarlos, a quienes los hicieren, de no quedar exonerados de las obligaciones que tengan pendientes a favor de la masa en virtud de dichos actos.-Asimismo se prohibe a la fallida hacer pagos, los que se consideraran ineficaces.- Intímase a la fallida y a sus administradores para que dentro de plazo de 48 horas constituyan domicilio en autos, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Intímase al presidente del directorio de la fallida para que dentro del quinto día cumplimente la información requerida por el art. 11 de la ley 24.522, bajo apercibimiento de considerar su conducta como obstructiva y de ocultamiento patrimonial, procediendo a...

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