Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 5 de Octubre de 2022, expediente FMZ 078935/2018/CA002 - CA001
Fecha de Resolución | 5 de Octubre de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B
FMZ 78935/2018/CA2 - CA1
Mendoza,
VISTOS:
Los presentes autos N° FMZ 78935/2018/CA2CA1, caratulados:
CASALINS, Á.G. y otros c/ CARAGANOPULOS, C. y
otros s/ Acciones Reales (reivindicatoriaconfesoriaposesoria)
, ingresados a esta
Sala “B” para resolver la procedencia formal del recurso extraordinario federal
interpuesto en fecha 17/08/22 por el apoderado de la actora, contra la resolución
de fecha 2/08/22.
Y CONSIDERANDO:
1) Que contra la resolución de esta Cámara de fecha 2/08/22 por la cual se
confirma la resolución de fecha 8/09/21 por la cual el a quo resuelve, en su parte
pertinente: “... 2º) DISPONER la litispendencia por conexidad con los autos nº
25.567, caratulados: ‘Coto de Caraganopulos Natalia Cesárea c/ Pedro Cortes,
C.C. de F. o sus eventuales sucesores p/ Prescripción Adquisitiva’,
que tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y M.N.. 1 de la Cuarta
Circunscripción Judicial de Mendoza y; FIRME que sea la presente REMITIR estos
obrados al Juzgado en lo Civil Comercial y Minas Nro. 1 de la Cuarta
Circunscripción Judicial de Mendoza, a los fines de su acumulación (conf. arts. 188 a
190, 354 inciso 3º, ccs. y ss. del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)
…”; interpone recurso extraordinario federal el apoderado de la accionante.
En dicha oportunidad, luego de relatar el cumplimiento de los requisitos
formales, alega que el requisito de sentencia definitiva del art. 14 de la ley 48 se
encuentra cumplido por cuanto se ha denegado el fuero federal. Invoca
jurisprudencia.
Añade que la resolución les causa un gravamen irreparable a los actores por
cuanto la competencia federal ya había sido aceptada oportunamente por el juzgado
interviniente. Se explaya al respecto.
Fecha de firma: 05/10/2022
Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.F.S., SECRETARIA DE CAMARA
Concluye solicitando se deje sin efecto la sentencia recurrida en cuanto
ordena la tramitación de los expedientes acumulados ante Juzgado en lo Civil,
Comercial y M.N.. 1 de la Cuarta Circunscripción Judicial de Mendoza,
ordenando que tal tramitación sea ante el Juzgado Federal Nro. 2 de Mendoza.
2) Corrido el traslado pertinente, en fecha 29/08/22 se presenta el apoderado
de la accionante y, por las razones que allí expone, a todas las cuales remitimos en
honor a la...
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