Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 5 de Octubre de 2022, expediente FMZ 078935/2018/CA002 - CA001

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B

FMZ 78935/2018/CA2 - CA1

Mendoza,

VISTOS:

Los presentes autos N° FMZ 78935/2018/CA2CA1, caratulados:

CASALINS, Á.G. y otros c/ CARAGANOPULOS, C. y

otros s/ Acciones Reales (reivindicatoriaconfesoriaposesoria)

, ingresados a esta

Sala “B” para resolver la procedencia formal del recurso extraordinario federal

interpuesto en fecha 17/08/22 por el apoderado de la actora, contra la resolución

de fecha 2/08/22.

Y CONSIDERANDO:

1) Que contra la resolución de esta Cámara de fecha 2/08/22 por la cual se

confirma la resolución de fecha 8/09/21 por la cual el a quo resuelve, en su parte

pertinente: “... 2º) DISPONER la litispendencia por conexidad con los autos nº

25.567, caratulados: ‘Coto de Caraganopulos Natalia Cesárea c/ Pedro Cortes,

C.C. de F. o sus eventuales sucesores p/ Prescripción Adquisitiva’,

que tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y M.N.. 1 de la Cuarta

Circunscripción Judicial de Mendoza y; FIRME que sea la presente REMITIR estos

obrados al Juzgado en lo Civil Comercial y Minas Nro. 1 de la Cuarta

Circunscripción Judicial de Mendoza, a los fines de su acumulación (conf. arts. 188 a

190, 354 inciso 3º, ccs. y ss. del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)

…”; interpone recurso extraordinario federal el apoderado de la accionante.

En dicha oportunidad, luego de relatar el cumplimiento de los requisitos

formales, alega que el requisito de sentencia definitiva del art. 14 de la ley 48 se

encuentra cumplido por cuanto se ha denegado el fuero federal. Invoca

jurisprudencia.

Añade que la resolución les causa un gravamen irreparable a los actores por

cuanto la competencia federal ya había sido aceptada oportunamente por el juzgado

interviniente. Se explaya al respecto.

Fecha de firma: 05/10/2022

Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.F.S., SECRETARIA DE CAMARA

Concluye solicitando se deje sin efecto la sentencia recurrida en cuanto

ordena la tramitación de los expedientes acumulados ante Juzgado en lo Civil,

Comercial y M.N.. 1 de la Cuarta Circunscripción Judicial de Mendoza,

ordenando que tal tramitación sea ante el Juzgado Federal Nro. 2 de Mendoza.

2) Corrido el traslado pertinente, en fecha 29/08/22 se presenta el apoderado

de la accionante y, por las razones que allí expone, a todas las cuales remitimos en

honor a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR