Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 25 de Junio de 2010, expediente 11.417/08

Fecha de Resolución25 de Junio de 2010

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario Causa N 11.417/08

SENTENCIA DEFINITIVA Nº 85959 CAUSA Nº 11.417/08

AUTOS: "CASAL CRISTIAN MARTIRES C/ GAVAMERICA S.A. S/ DESPIDO"

JUZGADO Nº 35 SALA PRIMERA

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 25 días del mes de junio de 2010, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo para dictar sentencia en la causa del epígrafe y de acuerdo a la correspondiente desinsaculación se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr. Vilela dijo:

I)- Contra la sentencia de fs. 175/179 apela la parte actora a fs. 183/185. El perito contador apela sus honorarios por considerarlos bajos a fs. 180.

II)- El accionante se agravia por que el a quo consideró que el vínculo entre ambas partes finalizó durante el período de prueba. Cuestiona que no se haya considerado la existencia de pagos al margen de los recibos de sueldo. También recurre que no se haya condenado a la demandada a hacer entrega de los certificados de trabajo y las multas del art. 80 L.C.T. y art. 2 Ley 25323.

III)- Se agravia la actora porque a su criterio el Sr.

Juez "aquo" no analizó adecuadamente la prueba testimonial y documental. Al respecto sostiene que el testimonio (L. fs. 104/106), la credencial y los resumenes de gastos de combustible, demostrarían que el actor trabajaba para Gavamerica S.A. con anterioridad a la fecha que figura en los registros de la demanda y que percibía parte de su remuneración en negro.

Estimo que no le asiste razón, dado que los elementos que se encuentran agregados a la causa no resultan suficientes para acreditar lo invocado en el escrito de inicio. Paso a explicarme.

La demandada, al contestar demanda (fs. 31/40),

reconoció que C. trabajó para ella entre los meses de noviembre de 2007

ver (fs.39vta.) y enero 2008 (ver fs. 34), de manera que se encontraba dentro del período de prueba.

En cambio, el actor afirma haber empezado a trabajar para G. S.A. el 01 de octubre de 2007; fundamentó este aspecto con la testimonial de fs. 104/106 y con la prueba documental que obra a fs. 58,136 y fs. 61/64.

Al respecto declaró propuesta por la parte actora la testigo L. (fs. 104/106), ésta expuso que conoce al actor porque es 1

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vecino. Que el actor desde el año 2000 ó 2001 trabaja como remisero. Que durante una época trabajó por su cuenta. Que en enero de 2006 ó 2007,

falleció el padre del actor y éste le contó que estaba haciendo un curso para trabajar como chofer profesional para una empresa. Que no recuerda bien si fue en agosto o en septiembre u octubre del 2007 la testigo veía al actor con un auto de marca Megane nuevo. Que el actor le contó que entró a trabajar en una empresa de remisería importante. Que le habían dado el Megane, le pagaban un sueldo y...

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