CASA EN DORREGO, COCHERA EN CIUDAD Y CHEVROLET VECTRA 1997

Fecha de la disposición13 de Septiembre de 2022

Alberto Valdez, Martillero Público, Matrícula Nº 2399, por orden del Tercer Juzgado de Procesos Concursales – Primera circunscripción de Mendoza, a cargo del Juez, Dr. Pablo GONZÁLEZ MASANÉS, Secretaría de la Dra.: María Candelaria PULENTA; autos Nº CUIJ: 13-03708165-9((011903-1017334)) caratulado; MORALES JUAN GUILLERMO P/ QUIEBRA INDIRECTA; Foja: 345; Rematará: el día 28 de SEPTIEMBRE 2022 a las 09:30 horas, en la Oficina de Subastas Judiciales, ubicada en calle San Martín N° 322, 1° PISO, Ciudad de Mendoza. En la modalidad de Sobre Cerrado. Conforme el procedimiento previsto en el art. 277 del CPCCT y a los lineamientos determinados por las Acordadas n° 19.863 del 8/11/2.006 y Resolución de Presidencia n° 20.565 del 20/11/2.006 de la Suprema Corte de Justicia para subastas en sobre cerrado. Las ofertas deberán presentarse con los requisitos y en los formularios exigidos por el art. 2 del reglamento citado, los que se encuentran disponibles en la página de Internet del Poder Judicial (http://www2.jus.mendoza.gov.ar/subastas/index.htm ); y serán recepcionadas en la Secretaría del Juzgado, sito en calle AVDA. ESPAÑA 480 2° PISO ALA NORTE OF. 16, Ciudad de Mendoza, hasta las 09:30 horas del día 23 de SEPTIEMBRE de 2.022. Los oferentes deberán acompañar el 10% de la base correspondiente, en garantía de oferta con depósito judicial en el Banco de la Nación Argentina - Suc. Tribunales (N° 3576). a la orden de este Juzgado y como pertenecientes a estos autos, adentro del sobre y entregarlo cerrado (art. 277 ap. I) C.P.C.C.T.) indicando en el exterior del sobre el número del lote por el cual ofertan (Lote 1, 2 o 3). Datos: (n°de cuenta 9931445491; CBU: 0110606650099314454914; Código Juzgado: 52073440030; CUIT cuenta: 70229451179). Una vez efectuada la apertura de sobres, se individualizará a aquellos oferentes que hayan efectuado las tres (3) posturas más altas, respecto de cada lote, quienes acto seguido podrán pujar entre sí con un incremento mínimo de pesos diez mil ($10.000) – respecto de los inmuebles- y de pesos dos mil ($2.000) para el rodado, y para con intervención del Enajenador actuante y en presencia del Secretario, hasta lograr la adjudicación de cada uno de los lotes. (arts 266 ap. d) y 277 inc. IV C.P.C.C.T.). No se admitirá la compra en comisión, ni la cesión de los derechos del adquirente (arts. 46 y 268, inc. I) C.P.C.C.T.). Los bienes detallados a fojas 243; 246/258; 263/275; 290; 295/302 y con las bases estimadas a fojas 338...

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