Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 24 de Noviembre de 2016, expediente CAF 006322/2016/CA001

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 6322/2016, “Casa de Cambio Maguitur SA y otros c/ Banco Central de la República Argentina s/entidades financieras - ley 21526

Buenos Aires, 24 de noviembre de 2016.-

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que, a fs. 338/371, el letrado apoderado de Casa de Cambio Maguitur SA, J.A.M., J.M.G., M. de la Macarena Guiñazú, G.H.M., F.A.O., A.M.M. de M., G.G., G.G., E.G. y R.J.P. interpuso recurso directo en los términos del art. 42 de la ley 21.526 contra la resolución nº 985 del 23 de noviembre de 2015, por la cual el Sr. Superintendente de Entidades Financieras y C. les impuso a cada uno de ellos una multa en los términos del art. 41 inc. 3 de la ley mencionada.

    Las sanciones impuestas fueron las siguientes:

    1. A la Casa de Cambio Maguitur SA, multa por la suma de $

    553.000.

    2. A.S.. J.A.M., multa por la suma de $ 413.000.

    3. A.S.. J.M.G., multa por la suma de $ 289.100.

    4. A la Sra. M. de la Macarena Guiñazú, multa por la suma de $

    276.500.

    5. A los Sres. G.H.M. y F.A.O., multa por la suma de $ 206.500.

    6. A la Sra. A.M.M. de M., multa por la suma de $

    136.500.

    7. A.S.. G.G., multa por la suma de $ 98.000.

    8. A los Sres. G.G. y E.G., multa por la suma de $ 70.000.

    9. A.S.. R.J.P., multa por la suma de $ 66.500 La imputación que el Banco Central (BCRA) hizo fue la siguiente:

    Fecha de firma: 24/11/2016 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #28099185#162615233#20161125104531815 Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 6322/2016, “Casa de Cambio Maguitur SA y otros c/ Banco Central de la República Argentina s/entidades financieras - ley 21526

    Transferencia accionaria informada extemporáneamente, mediando reiteradas demoras en remitir a este BCRA información y documentación vinculadas con la negociación realizada e inobservancia del deber de no introducir cambios en el Directorio hasta que este BCRA se expida sobre la transferencia

    en transgresión a lo dispuesto por la Comunicación “A”

    2138, CREFI 1-30, RUNOR 1-116, Anexo II, puntos 1.16.1, 1.16.2, 1.16.3, 1.16.4, 1.16.5 y 1.16.8, complementarias y modificatorias.

    Los argumentos expuestos en el recurso pueden sintetizarse así:

    (i) En primer lugar, cuestionan la constitucionalidad de la norma en base a la cual se formula la imputación. El argumento que sostiene el planteo es un presunto exceso reglamentario.

    Entienden los recurrentes que las facultades legislativas delegadas al BCRA (arts. 15 y 41 de la ley 21.526) no posibilitan que éste amplíe las exigencias informativas allí

    contenidas del modo en que lo hizo con la comunicación “A”

    2138.

    (ii) A continuación, se quejan de que la resolución sancionatoria diga que existe un cargo con cuatro aspectos. Afirman que, en tal supuesto, la figura típica habilitaría la sanción únicamente cuando se inculpe por los cuatro aspectos que conforman el cargo. En sentido contrario, si falta alguno de esos aspectos, no quedará configurada la conducta típica y por lo tanto no habrá

    sanción posible. Concluyen, siguiendo ese razonamiento, en que J.A.M., G.H.M., F.A.O., A.M.M. de M., G.G., G.G., E.G. y R.J.P. no pueden ser sancionados.

    (iii) Por otro lado, para el caso de que se considere la existencia de cuatro cargos (lo que no surge del texto de la resolución impugnada), oponen la prescripción del primero de ellos.

    Fecha de firma: 24/11/2016 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #28099185#162615233#20161125104531815 Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 6322/2016, “Casa de Cambio Maguitur SA y otros c/ Banco Central de la República Argentina s/entidades financieras - ley 21526

    Aseguran que operó la prescripción pues entre la supuesta infracción (que habría quedado configurada el 16-08-06, último día en que se debía informar la cesión de acciones) y la apertura del sumario (el 29-01-13) transcurrieron más de seis años. No incide en el cómputo de la prescripción, según el criterio de los recurrentes, el hecho de que se hubieran cometido otras infracciones, puesto que ninguna de ellas quedó

    firme al tiempo de cumplirse la prescripción.

    (iv) En caso de que no se acepte la prescripción opuesta contra el primer aspecto del cargo nº 1, postulan la imposibilidad de imputar responsabilidad sobre la cuestión a quienes no participaron de la operación.

    (v) En relación al cuarto aspecto del cargo dicen que, teniendo en cuenta las razones de salud invocadas por la Sra. M. de la M.G. para presentar su renuncia y que la designación de un suplente resulta un requisito estatutario de la sociedad, no puede sancionarse tal conducta.

    (vi) De modo general, relativamente a todos los aspectos del cargo, encuentran agraviante el tipo de sanción aplicada. Afirman que, en virtud de las faltas imputadas no corresponde aplicar multa, sino un llamado de atención o un apercibimiento.

    (vii) En caso de que se acepte que la multa es el modo de sanción correcto, plantean una queja sobre su cuantía. Entienden que las multas aplicadas resultan exorbitantes y desproporcionadas con las conductas a sancionar, a la vez que no se explica concretamente que monto corresponde a que aspecto del cargo.

    En esta línea también encuentran inapropiadas las sanciones aplicadas en relación a la insignificante lesión al bien jurídico tutelado.

    Fecha de firma: 24/11/2016 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #28099185#162615233#20161125104531815 Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 6322/2016, “Casa de Cambio Maguitur SA y otros c/ Banco Central de...

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